Sarmiento

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Condenan a tres años de prisión a un sujeto de ochenta y cinco años por abuso sexual agravado

Condenan a tres años de prisión al sujeto de ochenta y cinco años acusado por abuso sexual simple agravado por el vínculo

 

En el marco del juicio oral y público realizado contra A.Q (85), acusado por el Ministerio Público Fiscal por el delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo, el juez Ariel Quirog emitió su fallo. En este contexto, el magistrado consideró que la fiscalía pudo probar dos de los tres hechos presentados en la acusación pública. En consecuencia, declaró al acusado autor penalmente responsable del delito endilgado por la parte acusadora. Asimismo, estableció la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional para el acusado. Por tratarse un vínculo familiar directo entre el imputado y la víctima, los protocolos de información recomiendan no brindar las identidades completas, a los fines de evitar el proceso de revictimización.   

 

En la audiencia de lectura del veredicto, el juez penal de Sarmiento, informó a las partes la resolución adoptada.

En este acto judicial, explicó los argumentos de las controversias ocurridas en el debate. Por otra parte, indicó que los argumentos jurídicos serán desarrollados con mas profundidad en la sentencia.

A ello agregó que por las características de estos hechos, no se logre demarcar temporalmente con excactitud en que momento ocurrieron. Sin embargo, no puede validamente descartarse la evidencia sobre esa única base.

Asimismo, manifesto que solamente el tercer hecho se puede considerar no acreditado por el principo de congruencia. En tanto, los dos primeros casos, fueron probados por la fiscal Rita Barrionuevo, tanto en lo que atañe al modo, el lugar de referencia y el autor.

Así las cosas resolvió condenar al acusado a la pena de tres años de prisión de cumplmiento condicional por dos hechos de abuso sexual simple agravados por el vínculo ocurridos entre los meses de marzo y abril de los años 2020 y 2021  

 

  

Ficha de la audiencia

Juez: Ariel Quiroga

Ministerio Público Fiscal: Fiscal Rita Barrionuevo - Abogado de Fiscalía Matías Ayuzo

Defensor: Abogado Daniel López

Asesoría de Menores e Incapaces: Abogado Tomás Malerba

Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito: Licenciada en Trabajo Social Sandra Romero.

Acusado: A.Q (85)

Calificación legal:  Abuso sexual simple, agravado por el vínculo, en menor de 13 años, al menos tres hechos en concurso real, en calidad de autor y en el contexto de la ley de protección integral de la mujer (Articulo 119 primer párrafo, quinto párrafo en función del cuarto parrafo incision “b” y Artículos 55 y 45).

Abuso sexual: Qué hacer frente a un abuso

Los distintos centros de salud de la provincia cuentan con un dispositivo médico legal para dar inmediata atención a las personas que se presentan luego de haber sido víctimas de un abuso sexual. El dispositivo se implementó mediante un convenio entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de Salud. Su correcta y oportuna implementación, garantiza derechos básicos de la víctima vinculados a su salud sexual y reproductiva y la eficiente obtención de material biológico fundamental para lograr la sanción penal del autor.

Los abusadores buscan la impunidad amedrentando a sus víctimas para que no denuncien, para que guarden el secreto. Ese silencio se sostiene por temor y a costa del sufrimiento, la confusión y la desazón de la víctima. Muchos casos son denunciados recién a partir de la evidencia de un embarazo. Otros son denunciados mucho tiempo después, e incluso algunos nunca llegan al conocimiento de la justicia. 

La prueba

La prueba es muy difícil de obtener. Suelen jugar muchos intereses, fundamentalmente en el abuso sexual intrafamiliar. La experiencia indica que los miembros de la familia suelen tomar partido por alguno de los involucrados. Incluso la madre de la víctima no siempre acompaña el proceso.

Sin lugar a dudas la prueba más clara es el ADN que puede obtenerse mediante la aplicación del Dispositivo de Abuso Sexual disponible en todos los hospitales de la provincia, así como la prevención del embarazo y de enfermedades de transmisión sexual. Sin embargo, esto solo es posible cuando la denuncia es inmediata a la producción del abuso o bien cuando a raíz del abuso se produjo un embarazo.

Estos hechos ocurren entre cuatro paredes. Los indicios cobran fuerza en relación al relato de la víctima, son datos que parecen no tener significación propia, que no aportan la evidencia de un testigo directo, pero que permiten corroborar circunstancias, conductas, costumbres alteradas, cambios en la personalidad y/o en el rendimiento escolar.

El abusador suele ser el referente de la víctima en distintos ámbitos, se muestra como el adulto que se ocupa de sus cosas y de este modo se asegura el control del secreto. El abusador detecta el estado de vulnerabilidad y de este modo elige a su víctima.

El relato

En todos los casos la investigación se activa por la denuncia. La declaración de la víctima es central para la investigación. El relato se realiza en cámara Gesell, procurando que la víctima declare por única vez en ese momento. Algunas veces se puede hacer rápido, pero en muchas otras no. La víctima debe estar preparada anímicamente para pasar por esa instancia y son los profesionales del SAVD quienes sugieren el momento más oportuno para hacerlo.

La psicóloga forense toma la declaración y realiza la pericia psicológica. Esta pericia evalúa si el relato es creíble, si detecta o no una tendencia a la fabulación, si se advierte algún interés, si se evidencia un relato armado, entre otros aspectos. Esta pericia valida el relato de la víctima.

Actualmente en los Tribunales, las Cámaras Gesell se realizan con la presencia en la retrocámara –ubicada tras un vidrio que se convierte en espejo al interior de la cámara- de los jueces, el fiscal, el defensor y el imputado. El SAVD y los fiscales sostienen que hay que avanzar hacia una metodología que permita a defensa controlar el desarrollo de la declaración sin que la víctima sienta que detrás del vidrio está el imputado mirándola.

La Fiscalía propicia la implementación un circuito cerrado de televisión, sistema que se usa habitualmente en los juzgados de familia y que varios protocolos señalan como el más adecuado. Esta modalidad consiste en conectar dos salas distantes, mediante circuito cerrado de televisión, en una sala están la entrevistadora y la víctima, y en otra, retirada, los demás actores del proceso.

El valor de la confesión

Al conocimiento de los jueces de juicio llega ese relato de la víctima, filmado. Sin embargo algunas víctimas deciden participar del debate. Por ejemplo en juicios abreviados para escuchar de boca de su abusador el reconocimiento del abuso. Que diga “si, es verdad, yo lo hice”.

El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D) está a disposición de las personas que han sufrido situaciones del abuso y es gratuito.

En Sarmiento la oficina atiende en la calle 28 de julio 430, entre Avenida San Martin y General Roca. El teléfono de contacto es 4898327

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