Continuara con prisión preventiva un imputado por abuso sexual
El juez Alejandro Rosales, no hizo lugar al pedido de autorización para salidas laborales, a un sujeto de 45 años, imputado como presunto autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante. La solicitud, la efectuaron los abogados particulares Leopoldo Puricceli y Francisco Romero. En tanto, el Ministerio Publico Fiscal, se opuso al pedido y sostuvo que era una incoherencia autorizar un permiso para ir a trabajar, a un detenido con prisión preventiva, porque la medida se había fundado en el peligro de fuga. El hecho que se investiga, ocurrió durante las primeras horas de la mañana del domingo 28 de abril, a bordo de un vehículo, cuando la víctima -una menor de 17 años- y el sospechoso, regresaban de la fiesta por el aniversario del centenario de la localidad de Buen Pasto. Finalmente el magistrado, dispuso que el imputado continúe detenido en la comisaria de Sarmiento, hasta el próximo 30 de junio, cuando tendrá lugar la audiencia de revisión de la medida de coerción.
En sala de audiencias n°1 de la oficina judicial de Sarmiento, se desarrollo una audiencia de solicitud de morigeración de la prisión preventiva, en el marco de una causa de investigación por abuso sexual.
En la oportunidad, los asesores legales del imputado pidieron al juez, que autorice al detenido un permiso para salir a trabajar en la Municipalidad de Sarmiento.
En este sentido, sus argumentos fueron que su defendido goza de la presunción de inocencia y la necesidad de mantener su empleo para su sustento propio y familiar.
Asimismo, los abogados consideraron que no se ponía en riesgo el proceso, en función de que continuaría igualmente cautelado con la misma severidad.
Por su parte, la Fiscal Jefe Andrea Vázquez, pidió al juez que no haga lugar al pedido de la defensa e indico que era una incoherencia la solicitud de permisos de salidas laborales. En este sentido, indico que si la persona está detenida con prisión preventiva y a su vez, se lo autoriza salir a trabajar, esto significaría que habría desaparecido el peligro de fuga.
En este contexto, Vázquez señalo que en la audiencia de apertura de la investigación, la parte investigadora había solicitado que el imputado quede detenido, argumentando que existía el riesgo procesal de peligro de fuga.
En este marco, explico que el artículo 226 del Código Penal, establece que la privación de la libertad finaliza cuando: aparezcan nuevos elementos de juicio y demuestran que no subsisten los motivos que fundamentaron el encarcelamiento; cuando su duración supere o equipare la condena que se espera o cuando se cumple el plazo máximo de duración del proceso o la investigación.
En tanto, en la audiencia un funcionario del área de Planificación Urbana de la Municipalidad sostuvo que el imputado realizaría tareas laborales en el cementerio, pero adelanto que no contaban con medios para trasladarlo a ese lugar.
Así las cosas, el magistrado resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa y dispuso que el imputado permanezca detenido con prisión preventiva, hasta el 30 de junio
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