Sarmiento

Sarmiento

Homicidio de Octavio Antileff Audiencia de impugnacion de pena

RITA_REVISION_2017

HOMICIDIO DE OCTAVIO ANTILEFF: AUDIENCIA DE IMPUGNACION DE COMPUTO DE PENA

La abogada particular, Verónica Heredia y el Defensor Público, Tomas Malerba, solicitaron la prescripción de la pena impuesta Juan Eusebio Albistur,y Fabio Bustamante  quienes junto a Maximiliano Bustamante, fueron declarados autores del  homicidio del policía Octavio Antileff, ocurrido en Alto Rio Senguer, en el año 2007. En tanto, la Funcionaria de Fiscalía, Rita Barrionuevo, considero que no se pueden computar las medidas impuestas para cautelar el proceso, como una prion efectiva .Por último, el tribunal, integrado por los jueces penales, Mariano Nicosia, Martin Cosmaro y Jorge Odorisio, está analizando los peticiones recursivas por las defensas técnicas, e  informaran su resolución, cuando se reanude la suspensión de los plazos judiciales.

En la sala de audiencias n°2, de la Oficina Judicial de Sarmiento, se desarrollo una audiencia de impugnación del computo de pena. En representación del Ministerio Publico Fiscal, asistió la Funcionaria Rita Barrionuevo. El abogado de la Defensa Publica, Tomas Malerba , asesoro al condenado Fabio Bustamante.

Desde la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia, mediante el sistema de video conferencia, participaron los Jueces, Nicosia, Cosmaro y Odorisio. También el detenido Juan Albistur, acompañado por su abogada particular, Verónica Heredia.

UNA DECADA

En la oportunidad, Heredia, indico que el 12 de enero de este año, el Superior Tribunal de Justicia, dicto una resolución, a partir de la denuncia por denegación de justicia, presentada ante la sala penal.

El origen de la misma, fue la revocación de libertad ,que los condenados venían tenido desde el 26 de septiembre del 2011.

Desde esa fecha, Albistur y Fabio Bustamante, debían cumplir medidas sustitutivas de libertad controlada.  En este orden agrego, que en  diciembre del año 2016, la Sala Penal, hizo lugar al pedido de revisión.

Los abogados defensores, también denunciaron ante el Superior Tribunal de Justicia, un vencimiento del plazo razonable del proceso.

En este contexto, recordó que: "Albistur fue condenado a 9 años de prisión. Bustamante a 9 años y 3 meses. El proceso, lleva sometido a restricciones de su libertad, en diferentes modalidades, un tiempo mayor al que fueron condenados".

En este sentido, destaco que el planteo de revisar la revocación,  debe ser entendida e interpretada, desde que estamos en un plazo mayor, discutiendo la libertad  a 10 años y 3 meses, después de los hechos.

Sobre la denuncia por  la denegación de justicia, en el marco del vencimiento de los plazos razonables, la letrada, explico que el estándar aceptado sobre la razonabilidad de los plazos en un proceso, es determinado por la Corte Interamericana y Europea de Derechos Humanos.

Estos organismos establecen cuatro parámetros, para analizar la cuestión: 1) La complejidad de la causa 2)   La conducta desplegada por el sometido a proceso 3 ) La conducta de las autoridades 4) Como repercutió en la vida de la persona sometido a proceso, el tiempo de la pena.

Al respecto, dijo que el hecho por el que comienza el proceso, no fue complejo, en función de que a los 9 meses, ya se había producido el juicio oral y público.

Sobre la conducta del procesado, señalo, que los condenados siempre estuvieron sujetos a cualquier decisión tomada por las autoridades judiciales y policiales.

Luego, repaso las distintas instancias judiciales, que atravesó este proceso, iniciado hace diez años.

En este sentido indico,  que el 30 de octubre, del año 2007, el tribunal integrado por los jueces Pinto, Montenovo y Pettinari, condenaron a los acusados como autores penalmente responsable del delito de homicidio simple. Le impusieron una pena de 23 años de prisión.

Dos años más tarde, el Superior Tribunal de Justicia, confirmo la responsabilidad penal de Albistur y los primos Bustamante, pero declaro la nulidad de la pena, en función de que el tribunal de juicio, había omitido realizar la audiencia de cesura.

En este marco, un nuevo tribunal, integrado por los Jueces: Roberto Casal, Margarita Pfister y Raquel Tasello, se constituyeron en abril del 2010.

En esa instancia judicial,  dictaron un fallo condenatorio contra Juan Albistur, de 9 años de prisión. En tanto, Maximiliano y Fabio Bustamante, recibieron un pena de 9 años y 3 meses.

Sin embargo, en junio, de ese mismo año, la Cámara Penal Subrogante, integrada por los magistrados Florencio Minatta, Gladis Rodríguez y Silvia Martos, revocaron esa sentencia y dispusieron la libertad y sobreseimiento de los tres condenados. Sus fundamentos para esta decisión, fueron  las del vencimiento de los plazos razonables.

Cuatro años después, en abril del 2014, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, revoco la resolución de sobreseimiento. Los abogados defensores, presentaron un recurso de queja, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En este contexto, se recordó que en el 2011 los recursos apelados ante la Corte Suprema de Justicia por Juan Albistur y Fabio Bustamante, ya habían sido rechazados y se esperaba que volvieran a ser encarcelados.

Sin embargo, las detenciones no se producían, hasta tanto no se conociese el fallo del recurso presentado por Maximiliano Bustamante.

Con los tres condenados sin más instancias a las que recurrir y agotadas todas las esferas de apelación, desde la Fiscalía de Sarmiento, la Funcionaria Rita Barrionuevo solicitó la captura y detención de los condenados.

Los fundamentos de su petición, se basaron en que las condenas a 9 años de prisión,  habían quedado firmes.

Así las cosas, el Juez Casal, hizo lugar al pedido. La Brigada de Investigaciones, apoyada por el Grupo Especial de Operaciones Policiales (GEOP) llevó a cabo las detenciones, en abril del año pasado.

INTERPRETACION

Para Heredia, el debate se basa sobre cómo se deben contabilizar esos cinco años, que los condenados, estuvieron sometidos a proceso, presentándose periódicamente, ante las autoridades policiales. La defensora, sostiene que al no existir una norma, que prevea la situación por la que atravesaron Albistur y Bustamante, se debe realizar una interpretación.

En este marco, la profesional, considero que la misma debe ser de forma armónica y razonable a favor de los procesados.

Con estos cómputos, Albistur cumpliría la pena el 17 de noviembre del 2021(14 años después de los hechos). Accedería a la libertad condicional, el 17 de noviembre del 2018. En tanto, la mitad de la pena, se cumpliría el próximo 17 de mayo.

Así las cosas, la abogada peticiono, se tenga por prescripta la pena. Subsidiariamente pidió que se tenga por cumplida la pena, en función del tiempo que han sido sometidos a proceso, en firma de libertad restringida. Finalmente, requirió que su asistido, comience con una libertad condicional, teniendo en cuenta el cumplimiento  final de la pena. A su turno, Malerba, adhirió a las solicitudes de su colega.    

Por su parte, la Funcionaria del Ministerio Publico Fiscal, sostuvo que las imposiciones de medidas sustitutivas, no pueden tenerse como privaciones de la libertad, en cuanto al computo de pena.

En este sentido, indico que no pueden asimilarse las medidas para cautelar el procedimiento, con una prisión efectiva.

Tras escuchar a las partes , el Tribunal se retiro a deliberar y anuncio que en plazo de tres días hábiles,  enviaran su resolución por escrito.

 EL CASO

Faltaban 15 minutos, para las 06:00, cuando Maxi Bustamante invito a varias personas, a comer un asado en el camping municipal. Era la madrugada del  21 de enero del 2007, y los jóvenes de Alto Rio Senguer, salían del pub bailable  “Ladrillo Disco”.

Entre los invitados, estaba el policía, Robinsón Octavio Antilef.  Maxi le dijo que se subiera a su auto, y los acompañara a buscar la carne. En el Ford Sierra, Antieff, se ubico en el asiento trasero, atrás de la butaca del acompañante. A su lado, se sentaron  Julio Fuentealba y Juan "Pelado" Albistur.

Maxi manejo el automóvil.  Fabio Bustamante -su primo- se sentó a su derecha. El vehículo transito por la costanera y después se dirigió hacia la ruta provincial n°20.

 En el trayecto, Maximiliano Bustamante,  les dijo a los ocupantes que el objetivo del viaje era ir a "caponear" ( en la jerga rural, significa robar animales del campo)

Antileff ,no estuvo de acuerdo con la propuesta y le pidió al conductor que detuviera la marcha del rodado para bajarse.

Luego intento abrir la puerta, mientras el auto continuaba transitando por el camino de tierra.

Ante esta reacción, Maxi Bustamante, les dijo al resto de los ocupantes, que Antileff era policía y arengo para que comenzaran a golpearlo.

Albistur atacó y golpeo al oficial de policía, apretándolo contra la puerta trasera del móvil. Fabio y  Maximiliano, lo golpeaban desde adelante.

Antileff, luchaba por zafar de los golpes. En ese forcejeo se abrió la puerta  del Ford Sierra y los atacantes trataron de arrojar al policía la ruta. Durante un tramo, el vehículo circuló con la puerta trasera derecha abierta.

Finalmente los atacantes lograron arrojar al Oficial de policía del automóvil. Antileff cayó en la ruta.  Logró reincorporarse y comenzó a caminar rápidamente hacia el pueblo.

El grupo agresor, detuvo el rodado y dialogaron sobre lo ocurrido. Maxi, estaba convencido que Antileff, por su condición de policía, los iba a denunciar. "Este nos va mandar al frente, hay que hacerlo cagar a este milico "les propuso a sus compañeros de viaje.

Retomaron el camino hacia el casco urbano de Senguer. Transitaron un kilometro y encontraron a la víctima, que caminaba por el costado de la ruta. Juan Albistur bajo del auto y lo golpeo. Antileff cayó al piso, de espaladas. Fabio también participo de la agresión y ataco al policía que estaba tirado en el suelo, sin posibilidad de defensa. 

En tanto, Julio Fuentealba, se bajo del auto y solo se limito a observar lo que estaba pasando. Tenía temor que las agresiones, luego, continuaran en su contra.

Cuando la víctima quedo inmóvil, Maxi -que permaneció en el asiento del conductor- les grito a sus compañeros " ya está, vamos. Solo su primo Fabio, acato la orden y subió al rodado.

 Albistur y Fuentealba, comenzaron a caminar hacia sus casas. No iban juntos. Fuentealba le llevaba varios metros de distancia. Fue así que en un momento, miro hacia atrás y  pudo observar, que Albistur volvió hasta el lugar donde quedo tirado el cuerpo del policía. Allí "Pelado" tomo una piedra de grandes dimensiones y la arrojo sobre la cabeza del cuerpo-ya sin vida- de Octavio Antileff.

Más tarde, los policías de la Comisaria de Senguer, tomaron conocimiento de la situación Llegaron hasta el lugar. Encontraron a su compañero de trabajo muerto.

   

 

 

 

 

En tanto, la Funcionaria de Fiscalía Rita Barrionuevo

En tanto, la Funcionaria de Fiscalía Rita Barrionuevo

Nuestras Visitas

  Hoy 4766

  Ayer 21404

  Esta semana 48289

  Este mes 270969

  Total histórico 29023973

©2025 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.