JUICIO POR PORTACION DE ARMA DE FUEGO
El Juez Daniel Pérez dio por clausurado el debate en el marco del juicio realizado contra Leandro Gabriel Bejarano(23), acusado por la Fiscalía como presunto autor de los delitos de portación de arma de fuego El Ministerio Publico Fiscal peticiono que se lo declare autor penalmente responsable y se le aplique la pena de 1 año, 14 meses y 15 días de prisión. En tanto, el Defensor Público, solicito la absolución del imputado .El magistrado se retiro a deliberar, y convoco a las pates a una audiencia de lectura de la sentencia . El acto judicial fue programado por la Oficina Judicial para el miércoles 27.
El juicio fue presidido por el Juez Daniel Pérez . Por el Ministerio Publico Fiscal, asistió la Fiscal Laura Castagno. Mientras, el imputado, recibió el asesoramiento jurídico del abogado de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun.
En la oportunidad, la representante de la parte acusadora desarrollo su alegato final y destaco que mediante la prueba rendida en el debate, se pudo acreditar que el acusado es autor penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal correspondiente.
Con respecto a la imputación del delito de resistencia a la autoridad, sostuvo que el mismo no se configuro, porque Bejarano no ejerció ningún tipo de violencia o intimidación contra el personal policial que lo detuvo. En función de este análisis, la parte acusadora desistió de esta calificación.
Por último, a los fines de determinar la pena, refirió como atenuante la juventud del acusado. En tanto, como agravantes señalo que el acusado portaba un arma de fuego, en condiciones inmediata de uso, en la vía publica, en un horario nocturno.
También tuvo en cuenta la conducta asumida al momento de ser interceptado por la policía. En esa oportunidad, Bejarano se dio a la fuga, en dirección a su domicilio con la intención de refugiarse y obstruir el accionar de la ley.
En este marco, recordó los antecedentes del joven que figuran en el Registro Nacional de Reincidencia. Así las cosas requirió que se le aplique la pena de 1 año, 11 meses y 15 días de prisión.
Por su parte, Oyarzun realizo un planteo de falta de acusación publica e indico que cuando el Ministerio Publico Fiscal presento esa pieza acusatoria el 03 de marzo de 2016 el hecho punible que relata en esa pieza no constituye una acción punible.
En este sentido, sostuvo que en ningún momento se le atribuye a Bejarano haber portado un arma de fuego. Asimismo considero que la absolución del imputado puede provenir de la falta de atribución de un hecho punible en concreto por parte de los acusadores.
Por otra parte, dijo que mediante la prueba rendida en el debate no se pudo acreditar el eventual hecho punible. Para el defensor no hay un hilo conductor, entre los testimonios escuchados en el debate. Según su análisis, no queda en claro si el acusado descarto los elementos dentro del automóvil , o en la huida posterior.
En este contexto se refirió a que del relato de los testigos se desprenden contradicciones y solo se puede establecer la existencia de indicios anfibológicos que permiten más de una interpretación lógica.
En consecuencia solicito la absolución de su defendido. En caso de ser hallado culpable, peticiono que el tribunal aplique el mínimo legal establecido para el delito, que es la pena de 1 año de prisión.
Los hechos
La causa se inicio el 15 de noviembre de 2015 a las 21:00 , cuando dos empleados policiales llegaron a la intersección de la Avenida 9 de Julio y calle Pellegrini , en función de un llamado que requería la presencia policial.
En ese lugar, los policías observaron un automóvil Ford Falcón, color gris, con al menos tres ocupantes en su interior, transitando por la zona.
Asimismo, informo que la policía dio la orden al conductor para que detenga su marcha, a fin de ser identificados. En ese momento, observan que desciende un joven que emprende su huida en dirección a la Avenida 9 de Julio.
Uno de los agentes, bajo del móvil policial con intención de atrapar al sospechoso que se había dado a la fuga. En el trayecto, el policía pudo observar al imputado cuando se descartaba de diferentes elementos que tenía entre sus prendas. Finalmente el joven fue detenido e identificado como Leandro Bejarano.
En este contexto, agrego que los investigadores secuestraron: una vaina de cuero color marrón, una bolsa de nylon conteniendo una sustancia de origen vegetal de color pardo verdusca; un cuchillo y un arma de fuego tipo revólver, calibre 22 largo, conteniendo 4 cartuchos a bala, calibre 22.
Lic. Jorge Manuel Juárez
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