JUICIO POR PORTACION DE ARMA DE FUEGO
Leandro Gabriel Bejarano(23), está siendo juzgado como presunto autor de los delitos de portación de arma de fuego y resistencia a la autoridad. El Ministerio Publico Fiscal adelanto que solicitara que se lo declare autor penalmente responsable y se le aplique la pena de dos años de prisión. En tanto, el Defensor Público, sostuvo que el Tribunal deberá declarar la absolución del imputado .Para mañana están programados mas los testimonios, lectura de prueba y los alegatos finales.
El acto judicial es presidido por el Juez Daniel Pérez . Por la Fiscalía, asistió la Fiscal Laura Castagno. Mientras, el imputado, recibió el asesoramiento jurídico del abogado de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun.
En la oportunidad, la representante de la parte acusadora, presento su teoría del caso y relato los hechos investigados. La causa se inicio el 15 de noviembre de 2015 a las 21:00 , cuando dos empleados policiales llegaron a la intersección de la Avenida 9 de Julio y calle Pellegrini , en función de un llamado que requería la presencia policial.
En ese lugar, los policías observaron un automóvil Ford Falcón, color gris, con al menos tres ocupantes en su interior, transitando por la zona.
Asimismo, informo que la policía dio la orden al conductor para que detenga su marcha, a fin de ser identificados. En ese momento, observan que desciende un joven que emprende su huida en dirección a la Avenida 9 de Julio.
Uno de los agentes, bajo del móvil policial con intención de atrapar al sospechoso que se había dado a la fuga. En el trayecto, el policía pudo observar al imputado cuando se descartaba de diferentes elementos que tenía entre sus prendas. Finalmente el joven fue detenido e identificado como Leandro Bejarano.
En este contexto, agrego que los investigadores secuestraron: una vaina de cuero color marrón, una bolsa de nylon conteniendo una sustancia de origen vegetal de color pardo verdusca; un cuchillo y un arma de fuego tipo revólver, calibre 22 largo, conteniendo 4 cartuchos a bala, calibre 22.
En este marco, afirmo que Bejarano no contaba con la debida autorización legal, para portar el arma.
Luego, Castagno detallo las evidencias que rendirá en el debate oral y público. Con respecto a la calificación legal escogida por los investigadores, sostuvo que se acusa a Bejarano como presunto autor del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real con resistencia a la autoridad, en calidad de autor(Articulo 189 bis, inciso 2do, párrafo. 3°, 239, 55 y 45 del Código Penal).
Sobre la pretensión punitiva, adelanto que solicitarían la aplicación de una pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo, en función de los antecedentes penales computables que tiene el acusado
A su turno, Oyarzun, formulo su posición defensista y explico que la acusación publica no alcanza el grado de certeza requerido en cuanto al hecho atribuido a Bejarano. Asimismo, considero que la Fiscalía no podrá demostrarla existencia de los elementos normativos que requiere las dos figuras por las que acuso a su asistido.
En consecuencia, sostuvo que el tribunal deberá determinar la absolución del imputado en la presente causa
Testimonios
En la primer jornada prestaron declaración los policías que intervinieron en el hecho, personal policial adscripto al Gabinete de Criminalísticas, la Licenciada en Criminalísticas Cynthia Alfonso, y testigos de actuación.
Lic. Jorge Manuel Juárez
Oficina de Comunicación Institucional
28 de julio 430 - Sarmiento - Chubut
T: 0297- 4898327
--------------------------------------------------------
Procuración General - Ministerio Público Fiscal
Poder Judicial de la Provincia del Chubut