Trelew

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Caso de violencia familiar y de género: continuará en prisión preventiva el acusado hasta la audiencia preliminar

  El Ministerio Público Fiscal, en la persona del fiscal general Omar Rodríguez, presentó la situación de un hombre de 46 año como un caso enmarcado en violencia familiar, aunque también puede vincularse a la ley 26485, dado que la víctima principal es una mujer, que se encontraba en la sala.

  En una audiencia de control, llevada adelante en horas del mediodía, el fiscal señaló que se encontraba presente el riesgo procesal de entorpecimiento, enfatizando en las numerosas ocasiones en que el imputado violó órdenes de prohibición para acercarse a su mujer y allegados, contándose ya con la acusación en la causa con legajo 41062, carpeta 4711, por el delito de amenazas y lesiones leves, cuya preliminar previa a un posible juicio oral está prevista para el martes 25 de febrero.

Medidas que no resultaron

  Recalcó el doctor Rodríguez que el ahora detenido ha realizado acciones en perjuicio de la víctima y sus hijos, no haciendo caso a diferentes prohibiciones emanadas del juzgado de familia y de la propia fiscalía, hasta llegar hace pocas horas atrás a correr detrás de su propio hijo, amenazándolo con el corte de  una botella.

  En consecuencia, estimó que correspondía la medida de coerción, ya que se ha materializado la acusación con una pretensión punitiva menor a tres años, discutiéndose en juicio si corresponde o no que la misma sea en suspenso, propugnando que visto la gravedad de los acontecimientos, estarían dadas las condiciones para que se dicte el cumplimiento efectivo. El entorpecimiento se argumenta con las amenazas y agresiones constantes hacia la mujer, a quien atemoriza pudiendo influir en una futura deposición en un juicio.

  Detalló que desde el momento de la acusación, el implicado se ha visto envuelto en varias causas denunciadas, explicando que puede verificarse así la nro. 49176 del 29 de octubre de 2013, la 50460 del 6 de enero de 2014, con amenazas de muerte denunciadas en comisaría de la mujer el 26 de diciembre, y las efectuadas el 16 de febrero pasado denunciadas el día siguiente, mientras el 19 de este mismo mes a las 10,30 se denuncia agresiones con el hijo.

  Uno de los principales inconvenientes se manifiesta con la falta de un domicilio fijo del traído a los estrados judiciales como acusado, situación que causó problemas también al juzgado de familia para notificar debidamente de las medidas que se iban tomando.

  Solicitó el fiscal se convoque al servicio de salud mental del hospital para efectuar un informe siquiátrico junto al cuerpo médico forense, ya que consta en informes sobre los desvaríos serios de conducta, producto de la fuerte adicción al alcohol. Amén de esto, pidió se resuelva la prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar, a cargo de la doctora Ivana González.

La responsabilidad de los fueros familiares y penales

  La defensa fue ejercida por Damián Dantonio, quien admitió tratarse de un caso excepcional, puesto que vienen a esta instancia las normas vigentes en diferentes leyes y convenios nacionales e internacionales, asegurando que todos ellos dan una injerencia principal al foro de familia. Al ámbito penal llegan las consecuencias, el delito al que se cae, y en este caso es lesiones leves, con una pena menor y la imposibilidad de disponer una medida de coerción.

  Manifestó que debía oficiarse participación nuevamente al foro familiar, ya que desde lo penal en este sentido se hace lo que se puede, esgrimiendo los artículos del código procesal penal números 220, sobre la imposibilidad de prisión, el 232 inciso 3ro., necesidad de internación y el inciso 2do., relacionado con el sufrimiento de grave alteración peligroso para sí y para los demás.

  Además de acordar una pronta revisación siquiátrica, solicitó la actuación de médicos forenses de Puerto Madryn, oponiéndose a la prisión preventiva, ofreciendo la posibilidad de nuevas prohibiciones de acercamiento mas la firma del libro en oficina de ejecución penal.

"Tengo miedo"

  Antes de pasar a un cuarto intermedio el juez César Zaratiegui hizo lugar al pedido de la víctima para expresarse, quien firmemente referenció sobre varios incidentes padecidos por ella y por los hijos de ambos, a quienes nunca prohibió que los viera, según indicó. Luego aseveró: "sí, tengo miedo, que tengo que hacer para demostrarlo?, vivo encerrada intentando protegerme y proteger a mis hijos, que ya no lo quieren ver por miedo", y agregó: "quién de los que están acá se va a hacer responsable cuando mate a alguien?", para finalizar expresando que no solo se trata de un problema de alcohol, sino también de violencia.

  Luego pidió la palabra el propio imputado, para decir que lo último que haría sería algo malo a mi mujer y mis chicos, dando a entender que hacía unos días habían comido asado juntos, entre otros pocos detalles.

Resolución 

  El doctor César Zaratiegui hizo en su resolución un cronograma sobre los diferentes movimientos procesales, relatando que el 30 de marzo de 2013 se inició la investigación con posterior acusación el 10 de julio del mismo año con una pena que alcanzaría un año de prisión. El 30 de septiembre de 2013 fue declarado en rebeldía, debido a no acudir a una audiencia, dictándose rebeldía y captura el 25 de octubre de 2013, tras lo cuál pudo desarrollarse un control de detención el 28 de octubre, tras dar con su persona en un domicilio de Sierra Grande.

  Mas adelante informó que ahora, en febrero de 2014 hay una medida dictada por el Juez José García sobre prohibición de acercamiento, debido a incidentes en el domicilio de la mujer, mientras el propio Zaratiegui dictó la detención el 19 del corriente.

Hay que inmiscuirse

   El Juez aludió al caso como inserto en violencia familiar, derivando en violencia de género, aseverando que en los últimos tiempos hay una tendencia para el trato con mayor rigor a esta problemática, con el fin de atenuar y combatir las consecuencias que acarrean en las víctimas. Así se refirió a la ley 26485, pero explicó como los distintos estamentos del estado, a través de sus diferentes poderes, fueron dando muestra de la adhesión proveniente de los tratados y leyes, donde nuestro país prestó su conformidad.

  Entre otras cosas, hizo hincapié en la creación de la comisaría de la mujer para realzar su importancia y resaltó el fallo de la corte suprema de justicia del 23 de abril de 2013, donde resolvió no hacer lugar a la suspensión de un juicio a prueba, para permitir hacer valer los derechos en debate de un caso de violencia de género. "La parte penal debe inmiscuirse y actuar", dijo drásticamente Zaratiegui, compartiendo la posibilidad de prestar mayor atención a este problema que se viene manifestando en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.

  Posteriormente coincidió con el Ministerio Público Fiscal en cuanto a la ineficacia que han tenido en este caso las medidas menos gravosas, permanentemente violadas por el imputado, lo que no ha permitido la protección de la víctima, surgiendo claro y prístino el peligro de entorpecimiento ya que las víctimas también son testigos, presumiendo además que podría caber pena de efectivo cumplimiento en el futuro. Finalmente, mencionó el juez que la conducta demostrada por el acusado no es la de una certera voluntad de procesamiento, decidiendo la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar programada para la semana próxima.

  Por otro lado, ordenó la pronta convocatoria a profesionales de salud mental del hospital junto al cuerpo médico forense de Puerto Madryn, para cumplir con el requerimiento acordado por las partes, referido al exámen que pudiera permitir un definitivo y efectivo tratamiento al afectado por adicción.

Aspecto general de la audiencia de control por caso de violencia familiar y de género

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