El tribunal de enjuiciamiento, integrado por los doctores Dario Arguiano, Marcelo Nieto Di Biase y Fabio Monti se expidieron respecto del acusado Jesús Marciano Flores, condenando al mencionado a la pena de prisión perpetua por considerarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo, en perjuicio de Nilda Alegría Avila, conforme al hecho atribuído, en el marco de los artículos 45 y 80 del Código Penal y 25, 330 ss. Y cc. del Código Procesal Penal.
La sentencia dada a conocer tiene una extensa fundamentación, de acuerdo al voto de cada uno de los magistrados, quienes se explayan a través de 70 carillas, rechazando la declaración de inconstitucionalidad planteada por la defensa técnica, que durante el juicio fue ejercida por Martín Castro, e impone en consecuencia a Jesús Marciano Flores dicha sanción contemplada en la norma.
El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Omar Rodríguez, acusó a Flores, señalando que el 8 de septiembre de 2013, en un domicilio ubicado en el barrio Inta de Trelew, tuvo una discusión con su mujer, la cuál fue subiendo de tono hasta tomar el imputado un arma de fuego calibre 38 y disparar en dos oportunidades, pudiéndose certificar un orificio de entrada y otro de salida del proyectil que dio en la humanidad de la víctima. El otro disparo fue a dar en una mesa, de acuerdo a lo que concluyeron las pericias respectivas.
El caso fue calificado por la fiscalía como homicidio doblemente agravado, artículo 80 inciso 1ro. y artículo 11, ambos del Código Penal, y justamente la pretensión punitiva era la de prisión perpetua. Si bien, se vinculó el delito a la Ley de violencia de género, argumentándose sobre las acciones que habría desarrollado en tal sentido el imputado con agresiones, amenazas y tormentos, fue desechada esta posibilidad por el cuerpo colegiado, a partir de los testimonios escuchados en el devenir del debate.
Sin embargo, prosperó la hipótesis fiscal en cuanto al desarrollo de los hechos, confirmándose el homicidio agravado por el vínculo, reafirmando la pena de prisión perpetua, solicitada por el doctor Rodríguez tanto en la acusación, como en la cesura de pena llevada adelante