Durante un juicio oral llevado adelante en sala de oficina judicial situada en tercer piso de los tribunales en Trelew, el Ministerio Público Fiscal a través de la procuradora de fiscalía Silvana Lagarrigue, pudo acreditar los cargos acusatorios que recayeron en Jorge Luis García, involucrado en un hecho ocurrido el 31 de mayo de 2022, por lo que se desarrolló el correspondiente proceso que generó la sentencia respectiva.
La procuradora fiscal pudo probar en base a los testimonios convocados y los informes presentados, que aquel día cerca de las 19,10, Jorge Luis García junto a Octavio Alberto Díaz y un tercer individuo que no pudo ser identificado, a bordo de un vehículo Fiat Spazio color azul se hicieron presentes en un domicilio de la calle Cacique Nahuelquir al 1700 de Trelew y con intenciones de apoderarse de bienes ajenos, lanzando patadas y ejerciendo fuerza en la puerta de acceso de la vivienda, intentaron ingresar. Al advertir que en el interior se encontraba la propietaria, los nombrados huyen del lugar en el mismo automóvil, pero momentos después personal policial se constituye tras el llamado de alerta de la damnificada y luego de una corta persecución interceptan el vehículo en calle Epuyén procediendo a la aprehensión de García y Díaz, dándose a la fuga el otro sujeto.
Los hechos fueron calificados como robo agravado por ser cometido en poblado y en banda en grado de tentativa a título de coautor, artículos 167 inciso 2do., 42 y 45 del código penal. Según el fallo de la Jueza Mirta Moreno, el cuadro probatorio cargoso presentado por la doctora Lagarrigue le da sustento necesario para reafirmar la acusación efectuada contra García, sin incidencias que puedan debilitar el caso. Valoró también los antecedentes condenatorios que cuenta el acusado, quien había sido condenado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional el 14 de agosto de 2019.
En su resolución, la doctora Moreno determinó condenar a Jorge Luis García como autor penalmente responsable por el delito de robo agravado por ser cometido en poblado y en banda, en carácter de coautor en grado de tentativa, a la pena de un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, por el hecho ocurrido el 31 de mayo de 2022, imponiendo las costas del presente juicio al condenado. Ordenó la restitución de todos los objetos no sujetos a comiso y la destrucción de aquellos que hubieran sido utilizados en la comisión del hecho.
Asimismo, pidió comunicar y emplazar al encartado para que en el término de diez días haga efectiva la suma de treinta y ocho mil pesos en concepto de tasa de justicia, haciéndole saber que de no abonarse en dicho plazo será intimado su cobro con una multa del ciento cincuenta por ciento de la tasa omitida.