Trelew

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Confirmaron prisión preventiva para acusado de homicidio ante pedido por supuesta violación de plazos

  El cumplimiento de los plazos dispuestos por el artículo 300 del Código Procesal Penal para la continuidad de los procesos una vez elevada la causa a juicio oral y público, volvió a ponerse de manifiesto en una audiencia, esta vez a solicitud de la defensa de un acusado por homicidio, Sebastián Nahuelcheo, exigiendo al respecto que el nombra cese en el cumplimiento de la prisión preventiva que lleva adelante, considerando la violación de la norma.

 Según el defensor Sergio Rey, la oficina judicial no habría cumplido con el mencionado artículo, que fija dentro de las 48 horas la integración del tribunal de enjuiciamiento, previendo el juicio oral correspondiente para no antes de los diez días ni después del mes. Puso como antecedentes varios casos, como Ballarini, Bosso y otros, solicitando la morigeración de la prisión que lleva adelante su cliente por el arresto domiciliario, petición que ya había sido rechazada por el juez José García.

Los plazos y los reclamos de fiscalía

  La fiscal general jefe, Mirta Moreno, que estuvo acompañada por la funcionaria de fiscalía Verónica Van Vliet, manifestó que justamente el Ministerio Público Fiscal es quien más hizo pública la postura en este aspecto del cumplimiento de plazos, reclamando continuamente sobre el particular sin obtener respuestas positivas. Mayormente se han justificado los retrasos por la agenda de los jueces y el cúmulo de causas.

  Pero no es este el caso, que ya tiene fijada la fecha del 22 de abril de 2013 para la realización del juicio oral y público, diferenciándose de situaciones  como las de Ballarini, que en su momento no tenían fecha dispuesta y las medidas se venían cumpliendo desde un año antes.

  Puso énfasis en señalar que en noviembre la fiscalía solicitó se fije definitivamente la fecha, y una vez conocida la mencionada, consideró excesivo el plazo, pero recalcó que la investigación en este caso particular demandó un mes, y que mas allá del reclamo, se trata de un homicidio y está dentro de los parámetros normales para fijar una fecha de debate, teniendo en cuenta que la elevación a juicio se dió el 19 de octubre de este año.

Resolución

  Tanto el juez Fabio Monti, como Ana Laura Servent,  resolvieron rechazar la solicitud de la defensa, confirmando la decisión de José García, entendiendo que los plazos establecidos en el artículo 300 resultan ser ordenatorios.

  Mas allá de ello, entendieron que la discusión de ese cumplimiento no guarda ninguna vinculación con las medidas de coerción dispuestas, siendo dos cosas diferentes. Para ese tipo de medidas se cuenta con el artículo 226, que indica cuando debe cesar una medida de prisión, al agotarse plazos de cumplimiento de la misma.

   A la vez, acordaron con el Ministerio Público Fiscal, en el sentido que los casos traídos a colación por la defensa no son similares a esta causa en particular, y sostuvieron que el artículo 300 hoy es de imposible cumplimiento material, por la agenda y el cúmulo de expedientes. Indicaron que hay jueces que se encuentran actuando en debates, y a la vez en etapas preparatorias, debiendo asistir y resolver en audiencias de control, de revisión y preliminares.

  Por lo tanto, Sebastián Nahuelcheo deberá esperar el juicio oral y público cumpliendo la prisión preventiva, acusado de homicidio simple en carácter de autor, artículos 79 y 45 del Código Penal. El hecho ocurrió en la madrugada del 8 de julio en una precaria vivienda del barrio Moreira de Trelew, en perjuicio de Elías Caripán.

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