Trelew

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Deberá permanecer detenido imputado por homicidio

La defensa de Daniel Eduardo Blanco solicitó una audiencia de revisión en la que se evaluó ampliamente acerca de aspectos presentados, mediante los cuales intentó revertir el estado en el cuál se encuentra actualmente quien está imputado por homicidio simple, agravado por el uso de arma.

La mafia

  En efecto, el defensor Lisandro Benítez argumentó que la acusación fiscal se apoyaba en un único testimonio hecho por una persona que en un primer momento había sido imputada por encubrimiento, siendo la pareja de la víctima. Además sumó como posible elemento para lograr su cometido lo expresado por una niña en cámara gessel y solicitó una inspección ocular en la vivienda donde se desarrollaron los hechos. El integrante de la defensa pública esgrimió que el crimen era obra de un acto mafioso vinculado con la droga, pidiendo la libertad de Blanco, o en su defecto el arresto domiciliario.

El hecho

  El 19 de abril de 2013, cerca de las 23, Diego Ezequiel Belloso fue muerto por un disparo que impactó en su axila derecha, además de verificarse varias heridas con arma blanca en su cuerpo. Había sido hallado en el frente de una vivienda en Avenida de los Trabajadores, donde vivía junto a su mujer y una hija menor, destacándose que en el mismo terreno hay dos casas, residiendo en la restante el imputado con otra hermana.

  En un primer momento se atribuyó a la mujer de Belloso y a su hermano, Daniel Blanco, el delito de encubrimiento, pero ante nuevos elementos, el Ministerio Público Fiscal decidió el 13 de marzo adjudicar la autoría de lo sucedido en la cabeza del imputado.

Elementos que acusan

  La fiscal general María Tolomei, acompañada por la funcionaria de fiscalía Verónica Van Vliet, manifestó durante la audiencia que se encuentran presentes los riesgos procesales con los que el 22 de mayo fue impuesta la prisión preventiva por el término de veinte días, destacando que solo resta recibirse el resultado de algunas pericias, entre ellas una dactiloscópica. El 21 de mayo se efectuó una rueda de reconocimiento por el caso en que se encontró el arma presuntamente utilizada y el 28 del mismo mes una rueda con el mismo objetivo en relación a diversos objetos.

  Con todos estos elementos, la fiscal expresó que se ha consolidado la hipótesis, lo que coloca el caso en la proximidad del juicio oral, entendiendo que se podrá presentar la acusación en forma inmediata, al estimar una pretensión punitiva de 10 años, la que no podrá quedar en suspenso, argumentos que justifican el pedido de prisión preventiva hasta audiencia preliminar.

Requerimientos defensivos

  Sin embargo, la defensa insistió con la libertad y pidió como medida principal una inspección ocular, teniendo en cuenta el horario del hecho y la posible visión existente en aquel momento. Pero ante la negativa de quienes hoy ocupan la vivienda, esa medida no se pudo realizar, por lo que el propio defensor al comunicar la situación a la Jueza, le pidió expresamente la revisión de los audios donde están los dichos de la testigo principal y la pequeña en cámara gessel.

Réplica

  En la réplica fiscal se expusieron los elementos vinculantes, refiriendo a la niña y su testimonio, derivado de las consecuencias traumáticas vividas, siendo que la víctima es su propio papá. Consideró que no hay posibilidad de sustitución por otra medida, mas a sabiendas que Blanco venía cumpliendo otra medida de coerción, consistente en prisión nocturna, de la cuál aún le quedan seis meses.

Resolución

  La Jueza Ana Laura Servent, luego de ser comunicada acerca de la imposibilidad del procedimiento ocular, reanudó la audiencia ayer y puesta a resolver, informó haber escuchado atentamente los audios pertinentes, a instancias de la propia defensa. A partir de allí, distinguió los dichos de la testigo principal, al aseverar que su segunda declaración merece la credibilidad, notándose en la primera de ellas el temor que la envolvía, por lo que descartó las presuntas inconsistencias observadas por el doctor Benítez.

  También expuso la doctora Servent acerca del dermonitrotest efectuado en manos del imputado, con resultado negativo, señalando que si tuvieron la posibilidad de limpiar la escena donde se produjo el homicidio, ese informe no es trascendente. En otra parte de su detallada resolución, la magistrada comparó testimonios, incluyendo el de los vecinos, para resaltar las coincidencias existentes en lo que menciona respecto a las amenazas proferidas y también a la vestimenta que llevaba el involucrado en ese momento.

  Agregó que la declaración de la niña en cámara gessel no puede ser tenida en cuenta, a partir del informe sicológico que es claro al respecto y el no reconocimiento del arma no quita credibilidad al resto de los elementos presentados. En relación al argumento utilizado defensivamente sobre la presunción de un crimen mafioso, se preguntó: "si realmente fuera así, se hubieran dedicado luego de cometido el hecho a limpiar el lugar, a lavar las paredes?."

Preventiva

  Finalmente y ante todo lo relatado, la Jueza dijo que la probabilidad de autoría está acreditada, existiendo los riesgos de fuga y entorpecimiento, resaltando la gravedad de lo sucedido y la posible influencia en testigos. Además, cuenta con una  condena anterior, por lo que determinó mantener la prisión preventiva de Eduardo Daniel Blanco hasta la audiencia preliminar, imputado por homicidio simple agravado por el uso de arma.

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