El Fiscal General, César Zaratiegui, puso en conocimiento de la jueza, lo sucedido el 22 de mayo de este año, en un local comercial ubicado en calle A.P.Bell de Trelew, cuando Rubén Antonio Valdez llegó en compañía de una mujer, y esgrimiendo lo que parecía un arma de fuego inmovilizó a la empleada del lugar, procediendo al robo de varias camperas, exigiendo la entrega del dinero.
Durante la audiencia de control, el Fiscal detalló la existencia de un forcejeo, de acuerdo a los testimonios y las actuaciones del caso, generando que el agresor decida atar con un precinto a la mujer en uno de los probadores, profiriéndole amenazas de muerte.
Rápidamente la empleada logra desatarse dando aviso a la policía, que en base a la descripción física y de vestimenta, pueden observar a Valdez ascendiendo a un colectivo, siendo seguido por personal policial, para ser detenido cuando desciende en el barrio Constitución, junto a la mujer que lo acompañó, quien llegaba nuevamente a su encuentro.
Allí se logra el secuestro del arma, verificándose que se trataba de un revólver de juguete, y una suma de dinero menor, también sustraída en el lugar. En ese momento, se hace presente otra mujer, hermana de quien estaba siendo detenida, intentando frustrar el procedimiento, por lo que también queda a disposición de la policía, ante lo que es considerado como atentado y resistencia a la autoridad.
Calificación y medidas
La calificación del hecho en la persona de Valdez es robo agravado por uso de arma de utilería, artículo 166 inciso 2do último párrafo del Código Penal. En tanto, se evaluó que una de las mujeres solo estuvo en el sitio sin participación alguna y la restante intentó resistir al momento de las detenciones, promoviéndose la libertad de ambas.
Por su parte, el imputado posee una investigación vigente que lleva el legajo nro. 38339, tratándose de un robo agravado por uso de arma. En ese suceso, el juez Monti ordenó la detención, pidiendo el doctor Zaratiegui sea puesto a disposición del magistrado mencionado, además de solicitar la prisión preventiva por este hecho.
Esto último, argumentando el peligro de fuga, a partir del comportamiento esgrimido en la otra causa (art. 221, inciso 4to. del Código Procesal Penal), las características de lo sucedido y la expectativa de pena que podría ser de efectivo cumplimiento (art. 221, inciso 2do.), quedando a cargo el Fiscal General Osvaldo Heiber. Destacó además la falta de arraigo, con intenciones de alejarse a la provincia de La Pampa.
Defensa
La defensa, ejercida por Sergio Rey, justificó el accionar de su cliente mencionando la insanía y el tratamiento siquiátrico al que está siendo sometido Valdez , dentro del marco del artículo 39 Código Penal, aunque no tenía las constancias al respecto. Pidió su libertad, y subsidiariamente una medida que no supere los quince días de prisión.
Resolución
La Jueza Ana Laura Servent resolvió la apertura de la investigación bajo la calificación informada por el Ministerio Público Fiscal, coincidiendo en lo referido a la probabilidad de autoría y al peligro de fuga, para imponer dos meses de prisión preventiva para Rubén Antonio Valdez. Dispuso además la inmediata libertad de las dos mujeres, aunque con prohibición de acercamiento al local comercial, ordenando la remisión de copia del acta al doctor Monti.