Trelew

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EN JUICIO ABREVIADO SE CONDENA A SEIS AÑOS DE PRISION A IMPUTADO POR ABUSO SEXUAL

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La víctima era nieta de su pareja

  En una Audiencia llevada adelante en los Tribunales de Trelew, en acuerdo de las partes se dio el trámite del juicio abreviado, de acuerdo al artículo 355 del Código Procesal Penal, para el juzgamiento de un caso de abuso sexual en el cuál se encontraba imputado un individuo de 46 años.
  El Ministerio Público Fiscal, representado por la Fiscal General, Dra. Silvia Lucía Pereira, hizo una descripción del hecho imputado, al que calificó como constitutito del delito de abuso sexual simple en la modalidad de delito continuado, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal – un hecho – en perjuicio de una nena de nueve años (art. 45, 55, 55 contrario sensu y 119 primer párrafo y tercer párrafo del Código Penal). Asimismo, manifestó que llegó a un acuerdo con la defensa técnica y el imputado a efectos de aplicar al caso el instituto de juicio abreviado.
  A su turno,  quien ejerció la defensa técnica del acusado, Dra. María Angélica Gómez Lozano, manifestó su conformidad con la petición fiscal, haciendo constar que le explicó detalladamente los efectos del Instituto que se acordara y sus opciones a su pupilo, contando con su debida conformidad.
  Otorgada la palabra al acusado, en virtud de la propuesta formalizada por las partes, previo hacerle conocer su derecho a un juicio plenario y el alcance del trámite abreviado, señaló en forma expresa que efectivamente entendió cabalmente el funcionamiento del Instituto solicitado (juicio abreviado) por la Fiscalía y su defensa, prestando su conformidad con el procedimiento. Luego, admitió el hecho que detalladamente imputó el Ministerio Público Fiscal sobre el que versa el acuerdo, y su participación en el mismo.
  De conformidad con las partes se procedió a incorporar la totalidad de la prueba ofrecida en la acusación y aceptada en esta audiencia.

LOS HECHOS
  La Dra. Silvia Lucía Pereira relató los hechos, reconocidos por el ahora condenado, estableciendo que en fecha no precisada con exactitud, pero que data aproximadamente de fines de abril de 2009 y hasta el mes de julio del mismo año, el inidividuo, sabiendo lo que hacía, conociendo la edad de la niña de nueve años, en oportunidad que la menor concurría al domicilio de su abuela en la zona norte de Trelew, y aprovechando la ausencia de ésta, condujo a la pequeña hasta la habitación que compartía con su pareja – abuela de la niña – y una vez allí, procedió a someterla. Con posterioridad al día 21 de abril de 2009 ese sometimiento fue con acceso carnal, produciéndole lesiones constatadas en las pericias respectivas, cuyas certificaciones fueron presentadas en este proceso.

LA RESOLUCION
  El juez, Dr. José García hizo lugar a la petición de las partes de proceder abreviadamente en los presentes autos, tal lo impone el artículo 355 del Código Procesal Penal, resolviendo condenar a esta persona, nacida en Comodoro Rivadavia, a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, por el hecho que fuera motivo de imputación por parte del Ministerio Público Fiscal, y según el acuerdo al cuál arribaron Fiscalía y Defensa, con el consentimiento del autor de tan aberrante hecho.

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