En una audiencia de control realizada ayer por la tarde, el Juez Fabio Monti, dispuso mantener en prisión preventiva a tres personas, a quienes el Ministerio Público Fiscal imputó por el homicidio de Cristian Aldemar Bravo, en un hecho ocurrido en Trelew el día 22 del corriente cerca de las 16,45.
El hecho
De acuerdo al relato efectuado por el fiscal general Osvaldo Heiber, en el día y hora referidos los imputados Pablo Ezequiel Ferreyra, alias “el chavo”, Bruno Ezequiel Lucero y Braian Juliano Ferreyra, alias “coco”, mediante la utilización de armas de fuego, sabiendo y conociendo el poder letal, desde un domicilio ubicado en Fuerte San José del barrio Los Aromos, donde residen los mencionados, efectuaron varios disparos hacia las personas de Cristian Aldemar Bravo y una hermana, con clara intención de darles muerte en circunstancias que las víctimas pasaban frente a ese lugar a bordo de una motocicleta, conducida por la mujer.
Es así como Cristian recibió un impacto en la región torácica anterior, saliendo por la región para vertebral derecha, atravesando en su trayecto el corazón a nivel de la aurícula derecha, la aorta torácica y la columna lumbar. Como consecuencia se produjo la muerte en forma casi instantánea, según consta en el informe preliminar de autopsia. En cuanto a la mujer, como consecuencia de los hechos descriptos fue víctima de herida de proyectil de arma de fuego, que ingresó por su espalda provocando daño en la región copular derecha, teniendo una dimensión de un centímetro de diámetro aproximadamente, provocando la bala que quedó alojada en el tejido una contusión pulmonar, lesiones que en principio serían de carácter leve.
Calificación
La calificación escogida por el Ministerio Público Fiscal es la de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o mas personas y por el uso de armas de fuego, artículo 79 en relación con el 80 inciso 6to. y 41 bis del Código Penal, consumado en relación con Cristian Bravo, y en grado de tentativa, artículo 42, respecto de la mujer, ambos en concurso real, artículo 55, revistiendo los imputados la calidad de presuntos coautores.
Posteriormente, el doctor Heiber argumentó acerca de los riesgos de fuga y entorpecimiento, dando por sentada la probable autoría a partir de testimonios que así lo determinarían, solicitando que en atención al temor manifestado por testigos presenciales, quienes referencian sobre las circunstancias en que aconteció el evento y la identidad de los imputados, el lugar conflictivo en el cuál sucedieron los hechos y la gravedad del mismo, se aplique la ley de programa de protección de testigos 15, nro. 10, autorizándose a reservar identidad y otros datos. En base a todo esto pidió la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar, quedando a cargo de la investigación la fiscal María Tolomei.
Oposición y pedidos
El defensor Abdón Manyauik se opuso a la calificación jurídica provisoria escogida por la fiscalía, solicitando el cambio a lo dispuesto en el artículo 95 del Código Penal, homicidio en agresión, a la vez de pedir el secuestro de algunos elementos, invitando al Ministerio Público Fiscal a la realización de una reconstrucción del hecho, para ilustrar al juez y las partes. Luego pidió la libertad de sus defendidos, caso contrario si el juez determinara la prisión preventiva, la misma no exceda los quince días.
Preventiva hasta 9 de diciembre
En su resolución, el Juez Fabio Monti determinó tener por abierta la investigación preparatoria dispuesta por el Ministerio Público Fiscal en orden al delito relatado, accediendo a la aplicación de la Ley 15, nro 10, de protección al testigo. Dispuso la prisión preventiva de Braian Ferreyra, Pablo Ferreyra y Bruno Lucero hasta el próximo martes 9 de diciembre, en que será revisada la situación de los imputados.