Trelew

Trelew

Muerte en alcaidía: la jueza confirmó imputaciones y extendió prisión preventiva a implicados

  Una extensa audiencia de revisión tuvo lugar en la sala de audiencias de la Cámara Penal, ubicada en el sexto piso, durante la cuál el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general María Tolomei, argumentó acerca de las medidas llevadas adelante hasta el momento, ratificando los elementos existentes para acreditar la probabilidad de autoría, de acuerdo a diferentes delitos, de quienes se encontraban en el pabellón de la alcaidía donde fue muerto Juan Carlos Aguero.

  El mencionado, resultó víctima el 22 de marzo de este año, entre las 17,45 y las 18,40, en el pabellón 4 de la dependencia policial en Trelew endilgándose la probable autoría de Pablo Rivero, agregando en esta oportunidad la fiscalía la posible participación de su hermano Sergio, a partir del testimonio brindado por uno de los guardias. Según manifestó la fiscal general, los hermanos habrían llevado adelante las principales acciones, infringiendo innumerables heridas, probablemente con dos armas agresoras de diferentes características, observándose tal situación en las pericias efectuadas y la autopsia respectiva.

  En la oportunidad, se agregaron un informe plevimétrico del pabellón aludido, que permite referir con mayor precisión el espacio donde se desarrollaron los acontecimientos, dando la fiscalía precisiones acerca de los informes a los cuales ya se pudo acceder, dando cuenta de la presencia de rastros pertenecientes a la víctima en lugares tales como las uñas de Pablo Rivero y en los hierros hallados en los pozos cloacales.  Del mismo modo, se pudo determinar que los rastros hemáticos recogidos en la entrada del pabellón y en el baño pertenecen a la víctima, como así también resultan compatibles los encontrados en una de las zapatillas del imputado principal.

  Para la jueza, Ana Laura Servent, esto resulta ser una evidencia fuerte que habla a las claras acerca de la probabilidad de autoría, mas allá de la oposición del defensor Lisandro Benítez, quien a su vez negó la existencia del encubrimiento por parte de los demás imputados en el hecho. Sin embargo, la doctora Servent consideró que la confirmación de existencia de ADN en los extremos del pabellón reafirma que hubo un traslado de la víctima, entendiendo que es imposible no hayan escuchado ni visto nada de los sucedido, a lo que se suma el lavado efectuado en el lugar, las zapatillas húmedas y el evidente pacto de silencio sobre el particular.

  Respecto al cambio de calificación para Sergio Rivero, estimó que aún no es suficiente la evidencia dada a través del testimonio del guardia, quien señala haber sido avisado por el imputado sobre la existencia de un herido, por lo que se mantiene la calificación de encubrimiento, al menos hasta el momento, reafirmando la autoría del homicidio a Pablo Rivero, debido a que resultan mas contundentes los indicios, agregando a los ya expuestos, el informe médico sobre lesiones en su mano derecha, lo cuál sería producto de la manipulación de los hierros utilizados para ultimar a la víctima.

  La magistrada resaltó la extrema gravedad del hecho, dejando constancia del peligro de fuga, para determinar la prisión preventiva por el término de un mes y medio, medida que sería revisada el próximo 23 de octubre, aunque el defensor Benítez pidió reserva para solicitar una revisión de la decisión que refiere a la situación de quienes están imputados por encubrimiento, lo que deberá llevarse adelante con la designación de dos jueces.

  Por lo demás, y de acuerdo a lo determinado por la doctora Servent, se impone un mes y medio de prisión preventiva por esta causa a Pablo Marcelo Rivero, presunto autor de homicidio agravado con ensañamiento, en concurso agravado por homicidio premeditado entre dos o mas personas, artículos 80, incisos 2 y 6, y 45 del Código Penal. En tanto, Héctor Lastre, Julio Huentecoy, Nahuel Santul, Guillermo Avila, Sergio Rivero, Fabián Riquelme, Miguel Angel Sañanco, Nicolás Brizuela y Diego Florentino Huenelaf están imputados provisoriamente por el delito de encubrimiento agravado, de acuerdo al artículo 277, incisos 1ro. b y 3ro del Código Penal.

  Cabe destacar, que durante la audiencia el querellante por la familia de Aguero, doctor Andrés Morales, adhirió a la medida de coerción solicitada por el Ministerio Público Fiscal, informando que próximamente se expedirá respecto a un posible pacto de silencio entre los imputados y también la policiá, según manifestó durante la audiencia.

  La fiscalía, por su parte, indicó que aún faltan medidas a complementar, además de informar sobre dificultades para avanzar en tal sentido. Puso como ejemplo que algunos de los implicados, aún detenidos, no han comparecido para la realización del obligatorio exámen sicodiagnóstico..

Nuestras Visitas

  Hoy 15148

  Ayer 18466

  Esta semana 75628

  Este mes 435833

  Total histórico 29188837

©2025 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.