Lo que iba a ser el comienzo del juicio oral y público, donde se acusaba a tres policías por diversos hechos ocurridos durante la madrugada del 29 de agosto de 2011 en Trelew, se suspendió para el mes de noviembre debido a la solicitud de un juicio abreviado para uno de los involucrados.
Al aceptar la posibilidad de disponer este instituto previsto en el Código Procesal Penal en su artículo 355, el tribunal debió designar un integrante del cuerpo para tal instancia, obligando a la elección de otro magistrado y una nueva fecha, la que se fijó para el 15 de noviembre, vista la programación de la oficina judicial.
En este sentido, los jueces Adrián Barrios, Fabio Monti y Laura Servent, resolvieron que fuera esta última la que llevara adelante el juicio abreviado, informándose de la designación de Patricia Asaro en el tribunal de enjuiciamiento para el referido caso, teniendo en cuenta que la anterior ya iba a tener acceso a elementos relacionados con la causa.
Presentación tardía
Sin embargo, otras aristas interesantes se dieron en el trámite de esta jornada, ya que imprevistamente la defensa del acusado Darío Sebastián Bosso, ejercida por Enrique Maglione, presentó una hora antes del comienzo de la audiencia de debate, previsto para las 9, un escrito donde solicitaba la suspensión, argumentando la falta de revisión en una denuncia efectuada en el mes de febrero de este año, contra una prueba pericial balística.
Esa denuncia fue desestimada y archivada oportunamente por el Ministerio Público Fiscal ante la falta de elementos, pero el defensor decidió insistir sobre el particular, aunque recién momentos antes de comenzar el juicio oral y público, con el tribunal y las restantes partes esperando para dicha iniciación.
Urgencia y dilación
El Fiscal General Fabián Moyano replicó la iniciativa defensiva, indicando que fue el propio Maglione quien argumentó sobre la urgencia para la realización del juicio contra su cliente, exponiendo el incumplimiento de plazos previstos en el artículo 300 del Código Procesal Penal para pedir la morigeración de la prisión preventiva que pesaba sobre él. En efecto, el artículo mencionado habla de un término no menor a los diez días o mayor a treinta para la realización del juicio, una vez producida la correspondiente elevación.
En este caso la misma se produjo en el mes de diciembre, y el abogado particular abogó en una audiencia de revisión sobre ese incumplimiento, siendo así interpretado por el juez José García, permitiendo la imposición del arresto domiciliario.
Moyano enfatizó sobre estos puntos, agregando que el juez natural no reparó en los peligros procesales de fuga y entorpecimiento en aquella oportunidad, remarcando que esta maniobra efectuada por el defensor, significa que aquella urgencia por el juicio no era tal, observándose ahora esta nueva dilación. Pidió así al tribunal revise la situación de Bosso requiriendo sea impuesto nuevamente de la prisión preventiva.
Respecto al escrito elevado una hora antes, manifestó su falta de oportunismo y remarcó un error en el procedimiento, ya que debería haberse remitido al archivo de la causa.
Solicitud de abreviado
Completando el espacio de cuestiones previas, el defensor Gustavo Latorre, representando a su cliente Matías Pardo, señaló que estaban dadas las condiciones para la realización de un juicio abreviado relacionado con la situación de su defendido, pidiendo la posibilidad que sea uno de los jueces de ese tribunal quien tuviera a su cargo el evento, para luego ser reemplazado en el juicio oral al disponerse nueva fecha.
Improcedencia y revisión
Luego de diez minutos de receso, los doctores Barrios, Monti y Servent, determinaron rechazar la pretensión del defensor Maglione, considerando totalmente improcedente la presentación de la nota una hora antes, habiendo tenido desde febrero el tiempo para tal fin, no suspendiéndose el juicio por esta cuestión. Por otro lado, el cuerpo colegiado se declaró incompetente para resolver una revisión como la solicitada por el Ministerio Público Fiscal, debiéndose a sus efectos, designar dos jueces que revisen la decisión del doctor García.
También dió lugar al juicio abreviado en forma inmediata en lo que refiere a la acusación contra Matías Pardo, asumiendo como jueza del mismo Laura Servent, quien sería reemplazada por Patricia Asaro en el juicio, informándose que la oficina judicial dispuso la fecha del 15 de noviembre próximo para su realización.
Juicio Abreviado
Seguidamente se llevó adelante el juicio abreviado, donde el Fiscal General dió a conocer el hecho por el cuál se acusa a Pardo, destacando que el 29 de agosto de 2011, a la salida del boliche ubicado en Pasaje Salta y España de Trelew, Pardo salió portando su arma reglamentaria junto a Bosso, tomándosela a patadas y culatazos contra un jóven, a quien le causó lesiones.
Matías Pardo está acusado por el delito de abuso de arma de fuego, en concurso real con lesiones leves, en carácter de autor, artículos 45, 89 y 104 del Código Penal. El agente policial, que reviste servicios en la comisaría de Rawson, reconoció su participación, expresando estar totalmente arrepentido de aquella actuación, pidiendo perdón a las víctimas por el perjuicio ocasionado.
Las partes acordaron la pena en un año y dos meses de prisión en suspenso, de cumplimiento condicional, sumado a las reglas de conducta vigentes para estas situaciones, con fijación de un domicilio estable.
Ante el acuerdo estipulado, la doctora Ana Laura Servent comunicó que dará a conocer su decisión a los interesados el próximo viernes, debiendo concurrir el acusado a la oficina judicial para interiorizarse sobre el particular.
Acusaciones
Cabe recordar que tras lo sucedido aquel día, y de acuerdo a la elevación a juicio oral y público, se determinó encuadrar la conducta endilgada a Darío Martín Bosso en la comisión del delito de homicidio en grado de tentativa, agravado por el uso de arma de fuego, dos hechos, en concurso real con lesiones leves, dos hechos en carácter de autor, artículos 41, 42, 45, 55, 79 y 89 del Código Penal, de acuerdo a la calificación jurídica escogida por el Ministerio Público Fiscal.
Otro de los acusados es Hugo Singler, por encubrimiento doblemente calificado al tratarse de un hecho precedente de un delito especialmente grave y por su calidad de funcionario público, en concurso real con abuso de autoridad, artículos 45, 55, 277 inciso 1ro. a) e inciso 3ro. a) y d), 249 y 279 inciso 3ro del Código Penal.
Revisión mañana
Según el pedido efectuado por el Fiscal General Fabián Moyano relacionado con la situación de Bosso, se programó para mañana a las 13 la revisión acerca de la medida de coerción, que el acusado cumple con carácter domiciliaria en la actualidad.
La audiencia contará con dos jueces, Alejandro Defranco y Sergio Piñeda, quienes deberán evaluar lo resuelto en su momento por el juez José García, pretendiendo la Fiscalía el cumplimiento de la prisión preventiva ante los peligros de fuga y entorpecimiento.