Trelew

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PRISION PREVENTIVA PARA MUJER ACUSADA POR HOMICIDIO AGRAVADO POR VINCULO

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Tras lo ocurrido en Barrio Amaya

 

 

  Se llevó a cabo la Audiencia de control donde la Jueza, Dra. Patricia Asaro, resolvió determinar la prisión preventiva para una mujer imputada de homicidio agravado por el vínculo, en calidad de autor, luego de lo sucedido el domingo, aproximadamente a las 8 hs. en una vivienda del barrio Abel Amaya de Trelew.

  Según la imputación presentada por el Ministerio Público Fiscal, representado por la Funcionaria de Fiscalía, Dra. Claudia Ibáñez, en un momento, sabiendo lo que hacía y con la inequívoca intención de darle muerte, la señora toma un cuchillo (arma blanca de aproximadamente 21 centímetros de hoja y mango de plástico negro de 14 cms., marca Challimex Germany), el que se encuentra secuestrado, y le asesta a su marido José Luis Quiroga una puñalada provocándole herida cortante de 6 cms. Aproximadamente en la región facial derecha, que va desde la superficie del piso de la boca hasta el cuello del mismo lado.

  El delito está enmarcado en el artículo 80 del Código Penal, en su inciso 1. Con respecto a la medida de coerción, la Doctora Ibáñez manifestó entender que se debía dictar la prisión preventiva, toda vez que se dan los presupuestos para que se viabilice dicho instituto, esto es, la existencia de elementos suficientes que acreditan razonablemente que la imputada ha sido la autora del hecho que se le imputa, artículo 220, inc. 1ro. del Código Procesal Penal.

  El acta inicial de que surge la manifestación espontánea de la imputada en sentido de haber sido la autora del hecho, el secuestro del cuchillo y las presuntas manchas hemáticas en las prendas de vestir de la mencionada, como asimismo el testimonio del hijo en común, que dijo estaba durmiendo y un hermano de la imputada que expresó lo mismo, configuran elementos a ser tenidos en cuenta para la imputación.

  Asimismo, se dan los presupuestos de peligro procesal de fuga, como el de entorpecimiento. En primer lugar, se trataría, prima facie, de un homicidio agravado en razón del vínculo, circunstancia ésta que debe ser comprobada por medio de la partida respectiva. El presupuesto de fuga se manifiesta ya que aquí se investiga un homicidio doloso, y la pena que se espera será de cumplimiento efectivo.

  También cabe señalar en principio el peligro de entorpecimiento, toda vez que existen elementos probatorios, como indicios que pueden influir en el comportamiento de testigos, en atención al estado prematuro de la investigación y medidas probatorias que se irán llevando a cabo.

 

  La defensa fue ejercida por el Doctor Sergio Rey, quien al momento de exponer negó el hecho que se le imputa a su defendida, aludiendo a la violencia que ejercía el sr. Quiroga sobre su clienta, indicando además que deseaba declarar, cosa que después hizo durante la audiencia, expresando también la necesidad de profundizar en los testimonios de los hijos porque resultan cruciales tanto para la Fiscalía como para la Defensa.

   La Doctora Asaro resolvió mantener en prisión preventiva  por el término de un mes a la acusada, procediéndose además a la apertura de la investigación cuyo plazo se extenderá por dos meses. Será considerado el delito calificado provisoriamente de homicidio agravado por el vínculo, y subsidiariamente calificado como homicidio simple (art. 79 del Código Penal), debiendo el Ministerio Público Fiscal acercar la documentación que acredite el vínculo en las próximas 48 horas. Por otro lado, dispuso la implementación de diversas medidas solicitadas por las partes.

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