El Ministerio Público Fiscal, a través de la fiscal general Silvia Pereira, impuso la calificación provisoria del delito de tentativa de homicidio críminis causa, previsto en el artículo 80 inciso 7, y 42 del Código Penal, presentando numerosos antecedentes para solicitar la prisión preventiva de Matías Currumán, en una audiencia de control llevada adelante en sala de audiencias del tercer piso de tribunales en Trelew, durante la mañana del sábado.
Hecho
La fiscal relató que el día 13 del corriente, siendo aproximadamente las 21,15, Currumán se presentó en un kiosco ubicado en la calle Musters al 1800 de esta ciudad, y sin mediar palabra, portando un arma de fuego y sabiendo lo que hacía, disparó directamente sobre la humanidad del propietario, quien salvó milagrosamente su vida, al ingresar la bala en el cuello del lado derecho, provocando un orificio de entrada, lo que consta en los certificados médicos respectivos. Posteriormente, el agresor se abalanzó sobre la caja registradora haciéndose de unos 500 pesos, tomando además varios atados de cigarrillos, para darse luego a la fuga, corriendo por la arteria mencionada.
Causas y riesgos procesales
Mencionando los peligros procesales existentes, la doctora Pereira indicó que se dispuso el inmediato allanamiento a partir de los testimonios brindados en el lugar del episodio, secuestrándose en el domicilio del imputado la suma de dinero, proyectiles que se corresponden con el utilizado y la ropa descripta, de acuerdo a las declaraciones brindadas. Consideró el hecho como de características graves, contando el delito calificado con una pena mínima de diez años, la cuál no sería de ejecución condicional, y teniendo en cuenta el daño resarcible, al informar que disparó delante de una menor que se encontraba comprando en el comercio, la cuál fue asistida por personal del servicio de asistencia a la víctima del delito, ante el shock emocional provocado.
Matías Angel Currumán fue declarado rebelde en dos oportunidades en 2012, rebeldías que fueron revocadas en marzo de 2014, y está involucrado en numerosas causas, contando con varias conciliaciones, reparaciones, juicios abreviados y suspensiones de juicios a prueba. Además tiene una sentencia dada en abril de 2014, la cuál está unificada con tres condenas, y otra que data de junio de este año, por un hecho de robo agravado ocurrido en Puerto Madryn, a la vez de estar pendiente una sentencia por un debate iniciado el 16 de octubre de 2014.
Todo esto manifiesta el peligro de fuga, manifestó la fiscal Pereira, agregando el entorpecimiento a partir que disparó en presencia de una persona menor, la cuál deberá participar en una cámara gessel cuando esté en condiciones, pudiendo influenciar el imputado en libertad, solicitando la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar.
Defensa
La defensa, ejercida por Javier Francisco intentó poner en crisis la calificación impuesta por la fiscalía, señalando que se trató de un robo contra la propiedad, a la vez de pedir se realicen algunas series de procedimientos, entre ellos una rueda de reconocimiento de personas.
Desprecio de la vida
Sin embargo, el Juez César Zaratiegui, luego de corroborar las presentaciones hechas por las partes, indicó que si bien las calificaciones son provisorias, en esta oportunidad observa la existencia de una conexión ideológica entre los delitos pretendidos, al advertir que se atentó contra la vida de una persona para luego llevar adelante el robo. Resaltó el desprecio por la vida humana, tomándose tal circunstancia como un medio para conseguir el fin de robo, acogiendo la calificación jurídica impuesta por el Ministerio Público Fiscal, instando a la apertura de investigación en tal sentido.
Aseveró que también pudo ver los elementos de cargo existentes, los cuales son incontrastables, y de los mismos surge que Currumán hasta era cliente del comercio, siendo reconocido claramente por los testigos. Uno de ellos ve como corre por calle Musters y se le caen algunos atados de cigarrillos, pudiendo ver además como sostiene algún elemento en su cintura. Ratificó el magistrado la gravedad del hecho, la herida sufrida por la víctima, esperándose una pena elevada, recalcando la cantidad de hechos que tiene sobre sus espaldas, aseverando que el Juez tiene la facultad que otorga el inciso cuarto del artículo 221 del Código Procesal Penal para tener en cuenta esta situación al momento de tomar resoluciones respecto a un imputado.
Preventiva
También hizo lugar al peligro de entorpecimiento, artículo 222, dando cuenta de las medidas a llevarse adelante, procediendo a decretar la prisión preventiva para Matías Angel Currumán, hasta tanto se realice la audiencia preliminar, previa a la decisión de elevar la causa a juicio oral, quedando a cargo de la investigación el fiscal general Omar Rodríguez, bajo la imputación por tentativa de homicidio críminis causa.