Durante una audiencia de control de detención realizada en sala de oficina judicial ubicada en el tercer piso de los tribunales el Trelew, el Ministerio Público Fiscal representado por el funcionario de fiscalía Patricio Perayre solicitó la apertura de investigación y presentó la imputación por graves hechos de abuso por parte de M.M.M. en perjuicio de una niña.
Relató el funcionario que los hechos habrían ocurrido en fecha que no puede ser precisada con exactitud, pero que datan de fecha posterior a junio de 2017, cuando la niña contaba con cinco años y hasta junio de 2020 cuando la afectada tenía siete años de edad, en un domicilio situado en esta ciudad. El imputado conociendo el significado que su conducta poseía con el fin de menoscabar la integridad sexual de la menor, la sometió en reiteradas ocasiones, tras lo cuál le refería que no cuente nada ya que era un secreto.
Aludió la fiscalía sobre los riesgos de fuga y entorpecimiento, siendo que los hechos tuvieron lugar cuando la niña visitaba a su tía en la casa que compartía con el imputado y pidió la prisión preventiva además de la correspondiente apertura de investigación por el delito de abuso sexual simple en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, todo ello en contexto de violencia de género y bajo la modalidad de delito continuado.
Luego de escuchar a las partes, la Jueza María Tolomei resolvió la apertura de investigación preparatoria respecto a M:M:M:, defendido en la oportunidad por Andrés Espínola, por el plazo legal y conforme a la calificación escogida por el Ministerio Público Fiscal. Dispuso además la prisión preventiva para el imputado por el plazo de tres meses, teniendo en cuenta los artículos 220 inciso 1 y 2, 221 inciso 2 y 222 inciso 2 del código procesal penal, esto es la probabilidad de autoría, y los riesgos de fuga y entorpecimiento.