Ya son 21 los imputados en el marco de la investigación que lleva adelante la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Ciberdelito del Chubut en procura de desmantelar y perseguir penalmente a una organización liderada por dos personas detenidas que, desde el Instituto Penitenciario Provincial de Trelew, se dedicaban a hacerse de dinero ilegal mediante el delito de “sextorsión”.
En circunstancias no muy claras, lograron hacer ingresar a ese centro de detención, de manera oculta y clandestina, una importante cantidad de chips y teléfonos celulares. Con ellos y utilizando distintos números de abonados, coordinaban las extorsiones. Las víctimas son numerosas, de distintas provincias argentinas y varias ciudades del Chubut.
La investigación oportunamente fue considerada compleja y sigue abierta a la posibilidad de nuevas denuncias e imputaciones. La última apertura de investigación fue esta semana en la que se imputó a un vecino de Comodoro Rivadavia. Se le imputa ser miembro de una asociación ilícita, además de partícipe secundario del delito de extorsión.
Dos años de investigación
Esta estructura criminal actuaba desde antes de octubre de 2023, y se dedicaba a cometer extorsiones y estafas mediante medios digitales. Utilizaban perfiles falsos, cuentas bancarias abiertas a nombre de terceros, documentación apócrifa y teléfonos celulares ingresados clandestinamente al penal.
Las extorsiones en general constan de tres etapas. La primera contactarse con las víctimas con perfiles y fotos falsas. Para ello utilizaron las redes sociales como Facebook, WhatsApp o Messenger. Posteriormente, intercambiar y obtener de las víctimas fotos íntimas y de alto contenido sexual. Y en una tercera etapa, extorsionarles para que, con la transferencia de sumas de dinero, evitar acciones judiciales o hacerlas públicas en las redes sociales.
En muchos casos, logrado este objetivo, las extorsiones continuaban y para ello fraguaron documentación judicial invocando nombres de conocidos funcionarios judiciales, fiscales y jueces.
La compleja investigación lleva casi dos años, implicó el procesamiento de numerosa información, obtenida no solo de celulares secuestrados, sino también del sistema financiero, bancos y billeteras virtuales que se utilizaron para transferir y movilizar el dinero.
Fotos o videos sugerentes
El ardid comienza con la creación de un perfil falso en las redes sociales, generalmente Facebook. Allí se envían a las víctimas (en general hombres) fotos eróticas sugerentes (obtenidas de las redes). Paralelamente -siempre a través de las redes sociales- los extorsionadores realizan tareas básicas de ingeniería social a fin de elegir a sus víctimas, generalmente apuntando a hombres adultos con conformación familiar, trabajos formales a quienes envían una solicitud “de amistad”. La generación de los primeros chats deriva posteriormente en el intercambio de archivos multimedia, videos y fotos de desnudez, contenido íntimo y sexual.
Obtenidos estos registros de las víctimas, comienza la etapa de extorsión con distintas modalidades que se aproximan a la extorsión (delito previsto en el artículo 168 del Código Penal de la Argentina) o al chantaje (artículo 169).
Documentación oficial falsa
A esta altura del ardid, los extorsionadores le hacen saber a las víctimas que la joven (siempre con perfil falso) “es menor de edad” y que sus padres tomaron conocimiento del contenido y el intercambio de mensajes y fotos. En algunas oportunidades presionan aún más a las víctimas simulando contar con una orden de autoridad pública (como por ejemplo la existencia de una causa penal abierta) y una orden judicial de detención (falsa) próxima a ejecutarse. Así simulan escritos judiciales en los que incluyen sellos y membretes oficiales, nombres de jueces y fiscales de la jurisdicción.
En otros casos investigados, manifiestan que los padres en estado de enojo rompieron los dispositivos de la supuesta menor, o que la misma sufre alguna enfermedad previa y tuvo que ser internada por la crisis. Hasta mencionan haber sido víctimas del delito de grooming o de difusión de material de abuso sexual infantil (delitos previsto en los artículos 128 y 131 del Código Penal.
En la etapa final de la extorsión exigen un “resarcimiento de los gastos en los que debieron incurrir”. En otros casos chantajean a las víctimas con la amenaza de hacerle llegar a familiares y contactos de la red social los archivos multimedia obtenidos mediante el engaño. En ambos casos exigen la entrega o la transferencia de dinero por distintos circuitos legales (transferencias bancarias, envíos de dinero, de dinero.
-Producido por el Área Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut, Oficina Rawson.