Comodoro Rivadavia

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Audiencia de apertura de investigación y constitución de querellante por estafas reiteradas:Formalizan apertura de investigación a imputado

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En los Tribunales penales Ordinarios de nuestra ciudad se realizó la audiencia de apertura de investigación preparatoria en la causa que investiga el Ministerio Público Fiscal que tiene como imputado a Eduardo Flamig y cómo víctimas a doce personas. Los hechos investigados  acontecieron entre septiembre de 2007 y enero de 2009. Al concluir el acto se dio por admitida la resolución de apertura de investigación del hecho, por la calificación legal provisoria de “estafas reiteradas, doce hechos en concurso real” dando por asegurada la defensa técnica del imputado y por anoticiado del hecho que se le imputa. Presidió el acto el Dr. Guillermo Müller, Juez Penal, por el Ministerio Público Fiscal asistió la Dra. Verona Dagotto, Funcionaria de Fiscalía, en representación de dos víctimas presentes, asistió el Dr. Edgardo Veuthey, en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por el Dr. Gustavo Menna, abogado de su confianza. La Funcionaria de Fiscalía realizó un relato del hecho investigado acontecido entre el 19 de septiembre de 2007 y el 8 de enero de 2009 en perjuicio de doce damnificados. Las parcelas ubicadas en el Cordón Forestal, fueron vendidas por Flaming eran de 300 metros cuadrados y estaban individualizadas en el croquis adjunto al boleto de compraventa que firmaron las partes interesadas, dejándose constancia en todos los instrumentos privados de mención que las respectivas parcelas resultarían del fraccionamiento de las parcelas 2, 3 y 4 del Macizo 69 del Cordón Forestal, de su propiedad, que no había sido a esa fecha aprobado por la municipalidad local pero que se encontraba en trámite a solicitud del vendedor. Sin embargo, la primera presentación en el Municipio local por parte del imputado fue el 13 de Noviembre de 2007, cuando ya se habían vendido dos parcelas, y ya el día 11 de Marzo de 2008 se produjo el primer rechazo por parte de la Municipalidad local para la aprobación del fraccionamiento presentado por Flaming, siguiéndole a las presentaciones efectuadas por el vendedor los antecedentes administrativos del 17 de Junio de 2008, del 4 de Julio de 2008, del 28 de Agosto de 2008 la resolución de la Dirección de Inspecciones del Municipio de abstención de efectuar trabajos en el lugar, del 21 de Enero de 2009 y del 12 de Marzo de 2009, circunstancias que no fueron puestas en conocimiento de los compradores justamente para lograr la venta. Es decir que el imputado vendió a los dos primeros compradores engañándolos sobre la existencia de un trámite que siquiera estaba iniciado, y en los casos restantes engañándolos sobre la viabilidad del fraccionamiento -cuyas fracciones vendió- a sabiendas de la existencia de las resoluciones desfavorables en tal sentido por parte del municipio, causando un perjuicio patrimonial a los adquirentes. Calificando provisoriamente el hecho como “estafas reiteradas, doce hechos, en concurso real” en calidad de autor para el imputado. El defensor por su parte se opuso a la constitución de querellante ya que no se encuentra acreditada aún la legitimación, el Boleto de Compra venta aludido. El Dr. Veuthey sostuvo que los originales se encontraban en sede Civil, y que dichos expedientes fueron ofrecidos como prueba. Finalmente el Juez Penal otorgó un plazo de diez días a la querella para acreditar la legitimación, que una vez que se haga efectiva quedaba legalmente constituido como parte querellante. Concluyendo en la admisión de la apertura de investigación realizada por la Funcionaria, por el hecho y la calificación legal escogida. Estableciendo el plazo de seis meses para concluir con la investigación

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