Comodoro Rivadavia

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Audiencia de incidentes por medidas disciplinarias: Hacen lugar a la nulidad de la sanción (audio)

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Audio editado: medidas disciplinarias barría El viernes pasado se realizó en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de tratamiento de medidas disciplinarias para un interno que cumple sentencia en la alcaldía local. En la audiencia el defensor de Fabián Andrés Barría solicitó al juez se declare la “nulidad absoluta de la sanción” aplicada por “inobservancia de las disposiciones legales” vigentes; en tanto que la Funcionaria de Fiscalía consideró que se cumplió con el sumario que se instruyó como corresponde, pero puso a consideración del juez se agreguen los antecedentes al legajo ya que lo consideró una falta leve. Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal, el Ministerio Público Fiscal fue representado por Camila Banfi, en tanto que la defensa de Barría fue ejercida por Juan Carlos Zeni, abogado de confianza del condenado. Al comienzo del acto el defensor planteo que con la sanción disciplinaria impuesta a su defendido se “han violado principios elementales, como el debido proceso, el derecho de defensa en juicio y normas constitucionales de derechos humanos”. Se le aplicó una sanción en el mes de diciembre del año pasado una sanción a Barría, sin dar traslado a la defensa, ni a su defendido ya que se le pretende atribuir una declaración que “no efectuó”. Barría ya sufrió la imposición de esta sanción, “ya fue impuesta por el comisario y cumplida por mi cliente, por lo tanto no tiene sentido” que se trate en esta audiencia después de cinco meses, sostuvo. Solicitando la nulidad de la sanción disciplinaria por la inobservancia de la legislación vigente. Por su parte la Funcionaria se refirió al hecho que da inicio a la sanción que es un reclamo de internos sobre el estado de la comida. De este hecho se le aplica la instrucción de la sanción basada en un reglamento interno disciplinario, el cual “cumplió con todas las notificaciones y requisitos formales del procedimiento”. En la audiencia que se realizó con el director de la alcaldía el detenido se niega a firmar el acta de la misma. Posteriormente se le comunica desde la alcaldía a la Oficina Judicial , pero es ésta la que “tarda tres días en notificar al juez de ejecución”. La fiscalía debe poner en conocimiento del juez de ejecución sobre el procedimiento sancionatorio. Finalmente, luego de un cuarto intermedio, el juez penal resolvió “hacer lugar a la nulidad de la sanción” por “vicio en el procedimiento”, ya que la notificación de la misma llegó tres días tarde al Juez de ejecución, encargado de resolver. También se refirió en los considerandos que el Juez de ejecución “no notificó a la defensa” y que la Oficina Judicial “tardó tres días en notificar al juez”; respecto de la Alcaldía comunicó a esta “que se abstenga de aplicar sanciones sin antes informar al Juez”. También elevó informe al Colegio de Abogados sobre un escrito injurioso presentado por el defensor de Barría. Notas relacionadas: http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=3923, http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=3904, http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=3875, http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=3857

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