Audiencia de alegatos por el homicidio de Sebastián Fernández
La mañana del viernes se desarrolló en sede de los tribunales penales la audiencia de alegatos en relación a un hecho acontecido el pasado 3 de agosto de 2010 que tiene como coimputado a Ricardo Pablo Olmos. El fiscal solicitó se lo declare responsable del delito de homicidio criminis causa; en tanto la defensa solicitó no se haga lugar a esto. Finalmente le tribunal resolvió por unanimidad declarar penalmente responsable a Olmos como coautor del delito de homicidio criminis causa.
El tribunal de juicio fue presidido por Javier Allende (Esquel), e integrado por Alejandro Rosales (Sarmiento) y Anabel Rodriguez (Madryn); por el Ministerio Público Fiscal se encontraba presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa estuvo a cargo de Guillermo Iglesias, abogado particular.
En su alegato final el fiscal consideró que a lo largo del debate se ha probado la autoría y materialidad del hecho. Relató el encuentro del cuerpo sin vida de la víctima, Sebastián Fernández, en el cerro Ermite. La lesión que le provocó la muerte fue en el cráneo, provocada por el acometimiento con una piedra de grandes dimensiones que le produjo perdida de maza encefálica. Refirió el testimonio de una menor quién recordó escuchar a los imputados Olmos y Rojas, éste último ya condenado, que el auto era robado. Recordó el fiscal que Rojas, un menor y Olmos trataban de vender las pertenencias de la víctima posteriormente al hecho. Luego Olmos intenta, sin lograrlo, extraer dinero de la cuenta del occiso. “El interés demostrado por la víctima respecto al imputado fue aprovechado para apoderarse de sus bienes y posteriormente darle muerte para conseguir su impunidad”, sostuvo el fiscal. Recordó los secuestros de la tarjeta de débito, el carnet de conducir y unas zapatillas marca Puma, con manchas hemáticas que se correspondían con el ADN de Fernádez. Solicitó atento al cúmulo de pruebas y evidencia escuchada se declare a Olmos penalmente responsable del delito de “homicidio criminis causa, por ser cometido para procurar la impunidad en otro delito”.

En contraposición el defensor sostuvo que “se han tergiversado los hechos, de sintaxis poco clara”, en todo caso solo se ha probado que su defendido fue partícipe de encubrimiento. Calificó el alegato fiscal como “lleno de mentiras, y fácil de desentrañar”. No se pudo probar cuales son las razones que lo llevaron a delinquir. Es inverosímil que le roben la tarjeta y no le pidan la clave para sacar dinero. Como puede decirse que su pupilo y Rojas eran “pibes chorros” si no tenían antecedentes penales. Mencionó que estamos ante un “derecho penal de acto y no de autor”; ya que la sociedad quiere que Olmos quede detenido y le den perpetua”. La apropiación indebida de las cosas se da después de la muerte. A su entender Olmos no ha participado del homicidio sino como encubridor, seguido de hurto con alevosía.
Finalmente el tribunal resolvió por unanimidad declarar a Olmos penalmente responsable del delito de “homicidio criminis causa”. El imputado permanecerá cumpliendo prisión preventiva por los elementos de convicción para tenerlo como autor del hecho, y el peligro de fuga, por solicitud de la fiscalía.

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