Comodoro Rivadavia

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Difieren resolución de elevación a juicio para el miércoles

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Audiencia preliminar por el homicidio de Juan Carlos Cárdenas

 

En horas de la mañana del martes se desarrolló la audiencia preliminar, anterior al juicio oral y público, en la causa que investiga la muerte de Juan Carlos Cárdenas ocurrida el pasado 30 de marzo del año pasado en calle Los Perales al 1550 del barrio San Martín, que tiene como imputados a Luis Alberto y Martín Gustavo Almonacid, Jorge David Nieves y Héctor Matías Barra. Este último no se hizo presente en la audiencia a pesar de estar notificado.

La audiencia fue presidida por la Dra. Raquel Tassello, Juez Penal, el Ministerio Público Fiscal representado por el Dr. Juan Carlos Caperochipi, Fiscal General, la querella en representación de los familiares de la víctima ejercida por el Dr. Oscar Herrera y la Dra. Patricia Rivas, en tanto que la defensa de los hermanos Almonacid fue ejercida por el Dr. Marcelo Cerdá, Defensor Público y la de Jorge Nieves por la Dra. Delma Sánchez, abogada de confianza del mismo.

El hecho se produce el pasado 30 de marzo de 2009, siendo las 22:45 hs. aproximadamente, cuando un grupo no determinado de personas, previo romper la cadena del portón de ingreso de la vivienda de Damián Antonio García, sita en calle Los Perales al 1550 del Barrio San Martín, ingresaron al patio de la misma con intenciones de sustraer elementos existentes en su interior, no logrando concretar su finalidad, por haberse hecho presente el damnificado en el lugar junto a su cuñado Juan Carlos Cárdenas y a su sobrino.

Luego de estacionar el rodado en el que se conducían, Damián Antonio García logró aprehender solo a una de las personas que habían ingresado a su inmueble, tratándose de menor de edad, de 14 años aproximadamente, mientras que los restantes se alejaron del lugar, saltando cercos hacia los patios lindantes. Seguidamente Damián García dejó al cuidado de Juan Carlos Cárdenas al menor aprehendido y se abocó a buscar otros posibles autores por el lugar, mientras su sobrino llamaba a la policía. Juan Carlos Cárdenas sujetó al menor aprehendido y le propinó golpes de puño y con una madera, quedando este ensangrentado.

Es así como un grupo de personas, entre los cuales se hallaban los imputados Jorge Nieves, Héctor Matías Barra, Luis Alberto Almonacid y Martín Gustavo Almonacid se apersonaron en el lugar de los hechos portando armas de fuego. Ante ello Damián García y el sobrino de la víctima intentaron infructuosamente dar marcha al rodado en el que se conducían para alejarse del lugar, mientras que Juan Carlos Cárdenas liberó al menor aprehendido, quien se sumó al grupo que arribaba al lugar. En ese momento uno de los imputados, manifestó “…mira como le dejaron la cabeza a mi hermano, hay que matarlos a estos…”.

Los imputados efectuaron disparos en dirección al rodado en donde se encontraba García y Uribe, quienes se escondieron detrás del mismo y efectuaron disparos también en dirección a Juan Carlos Cárdenas, a la vez que manifestaban “te vamos a quemar la casa”. Jorge Nieves y Martín Gustavo Almonacid se adelantaron unos metros a los restantes agresores e inmediatamente le efectuaron a Cárdenas disparos, impactando un proyectil en la región dorso lumbar izquierda del nombrado, a lo que la víctima exclamó “ya me pegaste, ya me pegaste”.

Inmediatamente de resultar herido y luego de que los imputados se dieran a la fuga, Juan Carlos Cárdenas subió al automóvil de su cuñado Damián García y les manifestó a éste y a Uribe que los autores del hecho habían sido “los Nieves”, arribando luego personal policial. Como resultado del impacto de bala sufrido por Juan Carlos Cárdenas, este permaneció internado en el Hospital Regional donde fue intervenido quirúrgicamente,  sufriendo el 18 de abril de 2009 un paro Cardio Respiratorio y falleciendo como consecuencia de las heridas padecidas.

El Fiscal general calificó la conducta de los imputados dentro de las previsiones del art. 79, 41 bis del CP, que prevén el delito de Homicidio Agravado por haber sido cometido con Armas de Fuego debiendo responder los imputados Jorge Nieves y Martín Gustavo Almonacid en calidad de coautores –artc.45 del CP, mientras Héctor Matías Barra y Luis Alberto Almonacid, deberán responder como partícipes primarios, art.45 del CP.

Seguidamente se paso al ofrecimiento de prueba documental y testimonial por las partes y se plantearon varias nulidades por parte de la defensa de Nieves que serán resueltas por escrito el día miércoles concluyó la Jueza.

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