Audiencia de juicio abreviado por el homicidio de Luis Alfredo Páez
Difiriendo su resolución para el próximo 9 de agosto a las 13.00hs., así concluyó la jueza penal la audiencia preliminar que derivó en la presentación de un juicio abreviado por el hecho ocurrido el pasado 18 de febrero de 2017 en el cual perdiera la vida Luis Alfredo Páez y que tiene como único imputado a Juan Ramón González. Éste admitió voluntariamente su participación y autoría en el ilícito, como también las circunstancias de tiempo, modo y lugar en el que aconteció el mismo. El acuerdo abreviado conlleva asimismo una pena de 8 años de prisión y la renuncia de las partes a los plazos de impugnación. La defensa solicitó se homologue el acuerdo y el imputado afirmó estar de acuerdo con ello. Manteniéndose la prisión preventiva del imputado González hasta el próximo 9 de agosto.
En un primer momento el fiscal Cabral ratificó en todos sus términos la acusación fiscal presentada en tiempo y forma. Mencionando también la presentación de un juicio abreviado en el cual el imputado admite voluntariamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que aconteció el homicidio, como también su autoría y responsabilidad penal. El mismo acontece el pasado 18 de febrero, siendo aproximadamente las 0.25 hs., en circunstancias en que la víctima, Luis Alfredo Páez, y el imputado, Juan Ramón González, se encontraban en la esquina de las calles 12 de octubre y Patagonia, del barrio Jorge Newbery. González apuñaló en cinco oportunidades a Páez. Llega la autoridad policial al lugar encontrando a la víctima agonizante, testigos sindican a González como el autor y luego se produce la detención del mismo. La autopsia estableció que la víctima fallece por shock hipovolémico irreversible por herida de arma blanca en miocardio. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio simple” en calidad de autor para González. Solicitando la aplicación del procedimiento abreviado, aceptando la pena de 8 años de prisión en base a la falta de antecedentes penales del imputado, como a la gravedad del hecho y la extensión del daño causado.
El fiscal consideró que existen elementos de convicción suficientes en el legajo para sostener que el imputado es el autor del hecho. El acta de intervención policial que refiere que cuando personal llega al lugar se encuentra con una persona desangrándose. De los estudios toxicológicos se desprende que ambos, víctima y victimario se encontraban alcoholizados. Respecto de la pericia psiquiátrica obligatoria practicada al imputado se concluyó que comprende la criminalidad de sus actos, sabe distinguir entre el bien y el mal, no posee enfermedad mental alguna y tiene capacidad para delinquir.
Por último el fiscal considerando la falta de antecedentes penales de González, como también las circunstancias atenuantes –la falta de antecedentes penales, su bajo nivel de instrucción y la no trascendencia de la pena a terceros ya que es padre de un bebé- y agravantes –la nocturnidad en que fue cometido el hecho- para el caso estimó la pena de 8 años de prisión. Familiares de la víctima presentes en la audiencia expresaron su acuerdo al proceso abreviado.
Por su parte la defensa no objetó la acusación fiscal y respecto del acuerdo abreviado ya había sido tratado por la defensora, Borquez y su asistido González, y existe voluntad para el acuerdo, calificando el mismo como serio. Respecto de la pena se dan todas circunstancias atenuantes en la misma, solicitando se homologue el mismo y renunciando a los plazos de impugnación, en caso de ser homologado.
Finalmente la jueza penal resolvió que dará a conocer su resolución sobre si homologa, o no, la propuesta de juicio abreviado, el próximo 9 de agosto a las 13.00 hs.. Destacando la presentación de la acusación fiscal en tiempo y forma. Deslizando un adelantamiento de su decisión en que “estarían dados todos los recaudos para homologar” ya que se han reunido suficientes pruebas para la declaración de la responsabilidad penal de González, con una “escala penal razonable y proporcional” al injusto.
Presidió el acto Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Ricardo Amado, abogado de la Defensa Pública. Asimismo se encontraban presentes en la sala familiartes de la víctima.