Tercera jornada del juicio por el homicidio de Matías Suárez
Con la incorporación de la prueba documental y los alegatos finales de las partes concluyó pasado el mediodía del miércoles la tercera jornada del juicio oral y público en el cual se ventila el homicidio de Matías Suárez y que tiene como imputado a su primo Joaquín Suárez. La fiscal consideró que ha quedado probado a lo largo del debate la materialidad y autoría del hecho en cabeza del imputado por lo que solicitó se declare penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. Igual que la parte querellante. En tanto que la defensa requirió se lo responsabilice como autor de “homicidio simple” sin considerar el agravante del uso de arma de fuego. El jueves a las 11.00 hs. el tribunal dará a conocer el veredicto de responsabilidad penal y luego se realizará la audiencia de cesura o imposición de pena.
En un primer momento se efectivizó la incorporación de la prueba documental del caso en la que se destacó las conclusiones del examen psíquico obligatorio que se le practicara a Joaquín Suárez, el que concluyera que no posee signos o síntomas de enfermedad mental y comprende la criminalidad de sus actos.
Seguidamente el imputado accedió voluntariamente a declarar y expresó “me voy a hacer cargo de lo que se me está imputando, quiero pedirle disculpas a la familia”.
Alegatos finales de las partes:
La fiscal Camila Banfi aseveró que se ha probado a lo largo del debate la materialidad y autoría del hecho en cabeza de Joaquín Suárez, se acreditó las circunstancias de tiempo modo y lugar en las que ocurrió. Éste acontece el pasado 3 de agosto de 2016, aproximadamente a las 17.00 hs., cuando la víctima Matías Suárez salía de su domicilio de la calle Luis Pasteur, junto a un amigo, se hace presente su primo, Joaquín Isaías Suárez, quién desciende de un rodado se le acerca a la víctima y le dice “ahora vas a ver puto”. Efectuándole un disparo en el rostro, luego egresa al rodado y huye con destino desconocido. La víctima Matías Suárez es trasladado por familiares al Hospital Regional donde a las 17.40 hs. pierde la vida como consecuencia de un shock hemorrágico irreversible por herida de arma de fuego. Calificando el mismo como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de autor para Joaquín Isaías Suárez.
Mencionando también las conclusiones de la autopsia con la descripción de las lesiones, heridas de arma de fuego, con orificio de entrada en el rostro y salida en el cuello que presentaba el cadáver. Respecto de la autoría hubo evidencia concluyente como el vehículo en el cual se movilizaba el imputado se detiene, en la puerta de la casa de la víctima, se baja Joaquín Suárez y se acerca a la víctima diciendo “ahora vas a ver puto” y le dispara en la cara. La víctima, antes de quedar inconsciente le refiere a su amigo: “fue Joaquín”, en referencia a su primo. Tres testigos coincidieron en que el imputado llevaba un revolver al momento del hecho. La madre de la víctima refirió una amenaza de parte del imputado a su hijo “te lo voy a matar” y se concretó. La fiscal asimismo mencionó la conducta del imputado posterior al hecho al mantenerse prófugo 41 días en Bahía Blanca.
Seguidamente el querellante hizo hincapié en relación a la autoría que fue referida por todo el grupo familiar en cabeza del imputado. Todos sabían que existía un inconveniente entre ellos pero nadie imaginaba ese desenlace. También argumentó el reconocimiento del hecho por parte de Joaquín Suárez y su pedido de disculpas a la familia. Quería matar y así lo hizo, con el poder ofensivo extra de la utilización de un arma de fuego.
La ex pareja de la víctima, con quien comparte un hijo, refirió que no hay consuelo para la familia y mucho menos para el niño. “Necesito poder llegar a casa y decirle que se hizo justicia. Nadie nos va a poder sacar ese dolor”, concluyó.
Los defensores en su alegato consideraron que la figura legal por la que debería ser declarado penalmente responsable su pupilo es la de “homicidio simple” ello en base a los testimonios y la prueba expuesta en al juicio. Todos fueron testimonios indirectos, o de oídas con discrepancias; y el único testigo presencial no divisó con exactitud el arma y salió corriendo. En dicho sentido plantearon que “no fue probado el agravamiento de la violencia con la utilización del arma”. El agravante del uso del arma no debe ser aplicado de manera automática, se debe probar el incremento de la violencia que trae su uso, afirmaron los defensores. Por esto entendieron que no es aplicable al caso el agravante del uso de arma de fuego.
El tribunal de debate fue integrado por Alejandro Soñis, Miguel Caviglia y presidido por Gladys Olavarría, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la querella la ejerció Sergio Romero, como patrocinante letrado de la madre de la víctima de apellido Araya. También se encontraban presentes en la sala familiares y amigos de la víctima asistidos por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).
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