Audiencia de revisión por el homicidio de Walter Leiva
En la audiencia llevada a cabo pasado el mediodía del lunes en sede de los tribunales penales del barrio Roca, se resolvió también dar por reformulado el hecho bajo la nueva calificación jurídica para Camarda como autor de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. Asimismo en consonancia con la solicitud de la fiscal, con la oposición del defensor, se resolvió extender la prisión preventiva por dos meses del imputado y se ordenó una rueda de reconocimiento de personas. Camarda amplió su declaración volviendo a negar su participación en el hecho.
Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Camila Banfi, fiscal general y Cristian Olazabal, funcionarios de fiscalía; en tanto que la defensa de Camarda fue ejercida por Sergio Romero, abogado particular del mismo.
En un primer momento Banfi se refirió a la prueba de descargo presentada por el imputado, de resultado negativo; como también a la reformulación del hecho y a una nueva calificación jurídica para Camarda. De los oficios que se pidieron a la empresa de colectivos, contestaron que no todas las unidades de colectivo poseen cámaras. Sólo con la tarjeta sube se podría corroborar. Respecto de los dos testigos de descargo nombrados tampoco arrojaron mayores datos. Por otra parte la fiscal presentó cuatro nuevos testigos, dos de ellos de identidad reservada y testigos presenciales del ilícito. También se amplió el testimonio de la pareja de la víctima.
El nuevo hecho:
El pasado 28 de febrero de 2017, siendo las 7.30 hs, en un pasaje próximo a las calles Adela Small, Los Ciruelos y Gansos Verdes. Camarda y dos personas más comienzan a efectuar disparos con armas de fuego, desde la parte alta hacia la baja de la escalera, en dirección a la vivienda de la víctima Leiva. Éste le dice a su mujer que sacaran su hija menor por el peligro, entonces se dirige al patio a encender el auto, que no arrancaba. Recibe dos disparos en su vivienda y efectúa dos hacia arriba. Camarda toma una mejor posición y ejecuta un disparo que dio en la cabeza de Leiva. Herido es trasladado al Hospital Regional donde pierde la vida, el 2 de marzo, por paro cardio-respiratorio por orificio de arma de fuego en el cráneo. Calificando provisoriamente el ilícito como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de autor para Camarda.
Solicitando también la fiscal una rueda de reconocimiento de personas con uno de los testigos y una reconstrucción del hecho. También requirió se mantenga la prisión preventiva de Camarda hasta la rueda de reconocimiento o por el término de dos meses. Ello fundado en los nuevos elementos de prueba y el peligro de entorpecimiento.
El imputado volvió a negar su participación en el hecho y su defensor requirió su libertad y subsidiariamente su arresto domiciliario. Argumentó que aparecen nuevos testigos y nombres que no aparecían en el relato del hecho, al principio. Se preguntó qué pasa con el kiosco quemado y con los testigos que no están más. Oponiéndose a la rueda de reconocimiento ya que se viralizó su imagen en Facebook, concluyó.
Finalmente el juez penal resolvió mantener la prisión preventiva de Camarda por el término de dos meses ya que la fiscalía demostró en estos cinco días que no hay evidencia para corroborar la prueba de descargo. En tanto que la prueba de cargo presentada es notable, calificó el juez. Dos testigos presenciales del hecho, uno de ellos relata la expresión de júbilo de Camarda, que le había dado. La ubicación de las vainas servidas donde los testigos ubican a los agresores. “Hoy la fiscalía tiene un caso probatorio fuerte” concluyó el juez. Extendiendo por último el plazo de investigación por dos meses y autorizando la audiencia de rueda de reconocimiento de personas.
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