Audiencia de revisión por dos jueces por el homicidio del “rubio” Martínez
Finalmente a mitad de mañana del viernes se desarrolló en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de revisión, por dos jueces, solicitada por la funcionaria de fiscalía el día jueves al dictarse el arresto domiciliario del imputado José Carrizo. La representante de fiscalía requirió se revoque la medida sustitutiva de arresto domiciliario y se dicte la prisión preventiva del imputado en base al peligro de entorpecimiento existente. En contraposición la defensora sostuvo que se debía mantener la decisión del juez natural, es decir el arresto domiciliario con prohibición de contacto con testigos a su patrocinado.
El tribunal de revisión integrado por dos juezas, Daniela Arcuri y Mariel Suárez, tomó una decisión dividida, dándose entonces intervención a un tercer juez, Raquel Tassello, quién resolvió en consonancia con Suárez. Así por mayoría, compuesta por Tassello y Suárez, el tribunal de revisión resolvió revocar el arresto domiciliario dictado el pasado jueves por el juez natural de la causa; y dictar la prisión preventiva por un mes del imputado Carrizo. Arcuri en disidencia voto por mantener el arresto domiciliario con prohibición de contacto.
Por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de carrizo fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública.
La funcionaria de fiscalía solicitó al tribunal que revoque la decisión del juez natural de la causa al otorgar el pasado jueves en una audiencia, la medida sustitutiva de arresto domiciliario del imputado Carrizo. El juez en su resolución sostuvo que los peligros procesales de fuga y entorpecimiento se encuentran latentes y dictó la prohibición de comunicación con testigos presenciales del hecho. La fiscalía entiende que el peligro de entorpecimiento, no se encuentra debidamente fundado a los fines de aminorar el riesgo latente. La muerte de Martínez se produce por un shock hemorrágico irreversible, estableció la médica forense en el informe de autopsia. La funcionaria de fiscalía se refirió al peligro de entorpecimiento existente ya que hay un testigo de la causa que recibió llamadas y mensajes del imputado y su hijo. A su entender no corresponde morigerar la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado ya que el peligro de entorpecimiento se encuentra latente. No resulta suficiente la prohibición de toda comunicación con los testigos, solicitando por todo ello que se revoque el arresto domiciliario de Carrizo y se dicte nuevamente su prisión preventiva.
En contraposición la defensora argumentó que la resolución del juez natural de la causa, al dictar el arresto domiciliario de carrizo fue ajustada a derecho, priorizando el principio de inocencia en el proceso. Admitió en su resolución que pudo haber una agresión ilegítima y una falta de provocación, como también que la tesis de la defensa de homicidio cometido en legítima defensa, o con exceso en la legítima defensa- era viable. Entendiendo que se debe mantener la decisión tal como la dispuso el juez natural, es decir el arresto domiciliario con prohibición de contacto con testigos a Carrizo. Recordando la defensora que el testigo refiere que el que mataron comenzó la pelea, y el imputado carrizo no le quería seguir la corriente.
Notas relacionadas: click aquí