Comodoro Rivadavia

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Suspensión de juicio a prueba para imputado

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En la Sala de audiencias N° 2 de la Oficina Judicial se le otorgó al imputado Santiago Sandoval el beneficio de suspensión de juicio a  prueba, por el término de un año, por el delito de portación de armas de fuego sin la debida autorización legal, hecho ocurrido el pasado 11 de noviembre de 2007. El tribunal fue presidido por el Dr. Emilio Porras Hernández, Juez Penal; la defensa del imputado estuvo a cargo del Dr. Marcelo Cerdá, abogado de la Defensa Pública y el Ministerio Fiscal por el Dr. Mario Albarrán, Funcionario de Fiscalía. En el comienzo de la audiencia tomó la palabra la Defensa pública quien sostuvo que de acuerdo a la calificación legal propuesta por el Ministerio Fiscal existe la posibilidad que la pena quede en suspenso por la condena aplicable que sería de cumplimiento condicional. Solicitó se haga lugar a la petición de suspensión y se le impongan al imputado las reglas mínimas de conducta. También ofreció como reparación la suma de 100$ a abonar a la Administración Pública como damnificada. El imputado ratificó que comprendió que cumpliendo las normas de conducta impuestas y no cometiendo nuevos delitos, luego del plazo de suspensión de un año propuesto, la acción penal quedará extinguida; en caso contrario se reactivará la causa. A continuación tomó la palabra el Funcionario de Fiscalía quién argumentó que la pena mínima fijada por el delito juzgado es de 2 años y sería, en caso de encontrarlo culpable,  de ejecución condicional; que el imputado carece de antecedentes penales. Por ello el Ministerio Fiscal "no va a tener objeción alguna" para que se otorgue el beneficio de suspensión de juicio a prueba, solicitó que Sandoval fije domicilio y se someta al control del Patronato. En su resolución el Juez Penal consideró como razonable el beneficio de la suspensión solicitado por la defensa ya que el mínimo de pena prevista permitiría su ejecución condicional, que el imputado carece de antecedentes penales y que ofreció reparar los daños causados al Estado. También que el ministerio Fiscal ha dado su consentimiento y que el imputado deberá fijar domicilio y someterse al control del Patronato cada seis meses. Suspendiendo por un año el presente juicio, aceptando la reparación ofrecida debiendo abandonar los efectos incautados a favor del Estado y concluido el período de prueba destruir el arma incautada.

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