Comodoro Rivadavia

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Segunda y última jornada del juicio por peculado al intendente de Camarones. Se declaró cerrado el debate luego de los alegatos de las partes

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Así lo dispuso el Tribunal Colegiado en la audiencia celebrada el miércoles luego de escuchados los alegatos de las partes y de que la defensa desistiera de los testigos de parte ofrecidos para la fecha. La Fiscalía solicitó se condene a Eugenio Rodríguez como autor responsable del delito de peculado a la “pena de tres años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua” para ejercer cargos públicos, en contraposición la defensa solicitó su “absolución” por entender que “no cometió ninguna ilegalidad”. Luego de las últimas palabras del imputado el Tribunal resolvió posponer la decisión del fallo hasta el jueves 8 de julio, a las nueve horas. La Dra. Adriana Ibáñez, Fiscal jefe consideró en su alegato que ha quedado corroborado con la prueba documental y la testimonial escuchadas, que el imputado es el autor del delito de “peculado, quince hechos en concurso real”. Enumeró el contrato de locación celebrado entre el municipio de Camarones y el Banco del Chubut, la comunicación interna firmada por el Gerente Administrativo del banco autorizando a que dichos valores locativos sean para la cancelación de deudas del imputado y empleados municipales con el banco. “La figura de peculado del Código Penal nos exige la calidad de Funcionario, con una ocupación de forma permanente del ejercicio de la acción pública, y también la administración de los caudales públicos. El intendente tenía la administración del dinero, formalizó en nombre de la intendencia este contrato de locación y estos montos al ingresar como recurso a la corporación municipal, fueron a parar a las cuentas personales de él y de los otros tres empleados públicos”. Refirió a que la figura legal menciona el sustraer, para sí o para terceros y en este caso se dan las dos acciones, para sí y para terceros, sostuvo la Fiscal. Por todo ello solicitó se condene al imputado a la pena de “3 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua” por el delito de peculado, 15 hechos en concurso real, previsto y penado en el art. 261 del Código Penal, teniendo en cuenta como agravante “la impunidad con la que actuó, sus antecedentes como Secretario de Hacienda” en dos ejercicios municipales anteriores y el cargo máximo que ostentaba como intendente”. Por su parte la defensa del imputado, representada por los Dres. Oscar Herrera y Rodrigo Paz, sostuvo el vencimiento del plazo razonable y la aplicación de la Ley procesal más benigna. Criticaron la parcialidad de algunos testigos ya que “pretenden judicializar la política”. Hicieron hincapié en la deuda dejada por la administración anterior y que es el banco el que propone esta forma de pago ya que el municipio estaba amenazado con el embargo de su cuenta. Entendiendo que Rodríguez “no cometió ninguna ilegalidad, que no existió dolo directo ya que los fondos nunca salieron del estado municipal y que el dinero se uso para pagar salarios”. Solicitando la “absolución” de su defendido y subsidiariamente, si se considera que es responsable del delito que se le imputa, “el mínimo de la pena establecido para el delito”.

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