La fiscal descansó su relato en lo que a su criterio fue una clara acreditación de los hechos imputados a partir de la prueba producida. Detalló hecho por hecho lo expuesto por los testigos y lo cotejó con los elementos recabados. Finalizado el análisis resaltó que Barría demuestra una actitud que se reitera, cuando obtiene una negativa por algo que pretende reacciona de manera violenta, sin importarle quién esté en el medio. “Busca amedrentar… si quiere algo lo consigue sin importarle a quién involucra. Con esta actitud tiene en vilo a todo un pueblo”, concluyó Bottini.
La Fiscalía pidió que se aplique una pena de seis años de prisión como autor de todos los hechos que le fueron imputados. Valoró la diversidad de bienes jurídicos afectados, la cantidad de víctimas, el uso de armas, los daños producidos, el temor provocado en las víctimas y los motivos que lo llevaron a delinquir. También resaltó que al haber sido condenado con anterioridad tenía posibilidades de motivarse en la norma, sin embargo demostró desprecio por la ley y por las víctimas.
En relación a Medina solicitó la imposición de una pena de cinco años y seis meses de prisión.
Libre de deudas
Respondiendo a la Fiscalía sostuvo que Barría no es impune, por eso está procesado y cumpliendo prisión preventiva, además de tener una condena anterior.
Sobre lo probado en el debate resaltó Ripa que se están juzgando hechos cometidos, no percepciones ni sensaciones. “No hay prueba directa, hay indicios pero no alcanzan". Finalizado su análisis solicitó la absolución de Luis Fabián Barría.
Respecto de Medina argumentó que solo se le pueden imputar amenazas ya que el damnificado dijo que entró al local comercial y lo corrió hasta el fondo con un cuchillo. "No dijo nada más sobre él". A criterio de la defensa, como Medina no tiene antecedentes penales debe ser condenado a un año de prisión en suspenso.
Sigue la prisión preventiva
Finalizados los alegatos el defensor solicitó que se levante la prisión preventiva y se la sustituya por la fijación de domicilio en Esquel, la prohibición de ingreso a Gualjaina y la presentación diaria en la Oficina Judicial de lunes a viernes y los fines de semana en comisaría. La Fiscalía se opuso entendiendo que el juicio finaliza con la sentencia, que la medida dictada aun está vigente y que correspondería analizar su continuidad recién luego de conocida la sentencia.
El juez entendió que la resolución de este pedido implicaría un adelanto en la valoración de la prueba y que recién podría dar tratamiento a la cuestión y expedirse junto con la sentencia.