El tribunal integrado por Martín Zacchino, Nelly García y Martín O’ Connor, dará a conocer la sentencia por la pena el miércoles 27 a las 13 hs. En su deliberación deberá sopesar los alegatos de las partes en torno a atenuantes y agravantes, cuyo peso relativo dará lugar a la pena ajustada al caso concreto. Recordemos que Eulogio Muñoz fue declarado penalmente responsable del homicidio de Javier Solís, mediante una sentencia dictada el 28 de agosto pasado.
El fiscal Marcelo Crettón pidió que se imponga a Muñoz, la pena de 14 años de prisión teniendo en cuenta las características del hecho probadas en el debate. Solo tuvo por atenuante la falta de antecedentes penales. En cambio consideró agravantes la total indefensión de Solís que se encontraba alcoholizado y con una clara minusvalía en una de sus piernas. Crettón indicó que no existió una situación de peligro para el autor.
Uno de los puntos en que el acusador puso mayor énfasis, fue el relativo a los resultados de la autopsia que permiten reconstruir la violencia de la agresión, por la cantidad y tipo de heridas, más allá de aquella que produjo la muerte. Pidió a los jueces que contemplen el daño causado a la familia de la víctima y la falta de motivos para actuar de modo extremo.
Mencionó además que el imputado, por las características de su modo de vida, pudo haber adecuado su conducta a las normas sociales, sin dificultad.
La querella, representada por el abogado José María Venancio, planteó los mismos agravantes, profundizando en el daño causado y planteando la necesidad de que se resuelva la reparación plena que establece el Código Civil y Comercial. El letrado pidió al tribunal que embargue la camioneta que está secuestrada y las marcas y señales registradas como titular por el imputado.
En cuanto a la sanción penal, requirió la imposición de una pena de 20 años de prisión.
Anibal Esteban Orellano, abogado de confianza de Muñoz, resistió los pedidos de los acusadores apoyado en la falta de antecedentes penales de su defendido y las declaraciones testimoniales que indicaron que no tenía problemas actuales ni con su familia ni con nadie. También indicó que es probable que a la hora en que se produjo la muerte de Solís, el grado de alcohol en sangre que tenía su defendido fuera mucho mayor que el que se le pudo constatar horas después.
Basado en el análisis de atenuantes, el letrado pidió la imposición del mínimo de la pena, es decir 8 años de prisión.
En relación al reclamo de reparación plena, realizado por la querella, Orellano indicó que el querellante no acreditó de qué manera la muerte perjudicó en particular a cada miembro de la familia, ni en base a qué análisis realiza el pedido de reparación económica.