Luego de conocerse el veredicto del Tribunal Mixto, se realizó un debate por la sanción penal a imponer. Gissell Anabell Fiad fue declarada autora material y penalmente responsable de allanamiento ilegal, detención ilegal y falsificación de documento público. Estos delitos habilitan una escala pena que va d e1 a 6 años de prisión. Luego de valorar agravantes y atenuantes, la fiscal María Bottini pidió la imposición de una pena de 4 años de prisión efectiva con inhabilitación para ejercer en cualquier función en fuerzas de seguridad por ocho años. El defensor particular pidió que se imponga el mínimo legal y que no se la inhabilite para desempeñar alguna función dentro de la fuerza.
Para llegar a la pena de cuatro años de prisión, la Fiscalía consideró que Fiad tenía condiciones especiales para haber actuado de acuerdo a la ley, y la desoyó. Tiene una jerarquía alta en la policía, de oficial, se desempeñaba como jefa de comisaría, contaba con muy buenas calificaciones. “No es lo mismo se agente recién recibido que una oficial de jerarquía, jefa incluso”, sostuvo Bottini.
Habló además de la especial situación de vulnerabilidad de la víctima. Se trata de un hombre de escasos recursos, fue a la escuela primaria hasta 4to grado, es una persona que toda su vida vivió en José de San Martín. “Si no hubiera denunciado el personal policial y no hubiera existido un video, es muy difícil que él se hubiera animado a denunciar por su situación de vulnerabilidad”, señaló la Fiscalía.
Bottini entendió que Fiad aprovechó de la posición privilegiada como jefa de la Comisaría de la Mujer al redactar el acta falseando lo ocurrido. Indicó que más allá del tipo penal de la falsedad del instrumento, se afectó la intimidad, la libertad, la fe pública y la administración de justicia. Respecto de esto último, resaltó que esa acta generó una audiencia de control de la detención, engañó a la funcionaria de turno y al juez penal y logró que se declarara legal la detención.
Para demostrar la extensión del daño causado a la víctima, la Fiscalía aportó el testimonio de sus hijas, quienes lo acompañaron los meses posteriores al hecho y contaron que esta situación le quitó la paz y le cambió la vida. Lo convirtió en una persona insegura, con temor a la policía, que tuvo consecuencias en la comunidad porque se trata de un pueblo chico en donde corrió la voz de las acusaciones falsas en su contra. Fue detenido, todo el pueblo se enteró de eso, comenzó a tener miedo de salir a la calle y sintió vergüenza.
Por todos estos motivos, Bottini indicó que la pena se debe alejar del mínimo legal, considerando necesaria una pena de prisión y de inhabilitación especial para ejercer cargos en fuerzas de seguridad. “Que quede claro para la Policía del Chubut que no debe ser cambiada de funciones, sino que la pena implica que por este período de tiempo no puede trabajar más en la policía”, requirió.
Por su parte el defensor pidió que se aplique la pena mínima, de un año de prisión en suspenso o bien una pena muy cercana al mínimo legal. Indicó el defensor que Fiad nunca tuvo en mente cometer un delito, que exacerbó sus funciones y cometió esos delitos. Añadió además que no tuvo ningún beneficio en la comisión de este hecho, sino que se dio en un ejercicio de la profesión, “pero jamás estuvo en mente de la señora generar un perjuicio en la víctima, ni en sus compañeros o en el resto de la población”.
Para el caso en que el Tribunal decidiera imponer una pena de ejecución condicional, la Fiscalía solicitó que, entre las reglas de conducta, se imponga una prohibición de acercamiento a la víctima y a su grupo familiar por el plazo de la condena.
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