Procuración General

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Resolución vigente de la Procuración General

miquelarena_1Resolución vigente de la Procuración General

Las autoridades deben actuar de manera inmediata ante la denuncia de una desaparición

No se debe esperar ningún plazo para comenzar la investigación de acuerdo al protocolo que está en vigencia. Los familiares deben dar una serie de datos que son de vital importancia.

Las autoridades deben actuar de “manera inmediata” ante la denuncia de la desaparición de una persona de acuerdo al protocolo vigente elaborado por la Procuración General de la provincia del Chubut y que es de cumplimiento obligatoria para todos los organismos de seguridad y judiciales que intervienen en este tipo de hechos.

“Las primeras horas son esenciales para ordenar medidas de investigación necesarias para hallar a la persona desaparecida o víctima de un delito. Dejar transcurrir el tiempo priva de la oportunidad procesal al Ministerio Público Fiscal para incorporar datos y pruebas que se tornarían irreproducibles conspirando en definitiva contra el éxito de la investigación”, dice la resolución de la Procuración. Advierte además que “se suele dar como respuesta a los familiares y denunciantes que se deben esperar 48 horas para comenzar con las investigaciones o instar la denuncia. Este proceder generalizado se torna desaconsejable”.

De esta manera la procuración deja en claro ante la comunidad que cualquier desaparición de persona no tiene por qué esperar un determinado lapso de tiempo para ser denunciado, tal como suelen expresar algunas autoridades competentes como el caso de la policía. Esta postura de la Procuración se justifica en el hecho que “que son de vital importancia las primeras horas posteriores a la desaparición o extravío de la persona, pudiendo causar cualquier práctica dilatoria un daño irreparable como lo pueden ser la pérdida de la vida o el daño a su integridad física y psíquica”.

Fundamentos constitucionales

En los considerandos también se expresa que “del mismo modo se hace necesario

encausar la investigación y búsqueda de personas desaparecidas o extraviadas, con un instructivo que asegure la adecuada tutela de las normas y principios de raigambre

constitucional como lo son: la igualdad jurídica de todas las personas, el respeto a la dignidad humana, la no discriminación, el interés superior del niño, el respeto al

derecho a la libertad ambulatoria, el respeto al derecho a la integridad personal, el respeto al derecho a la libertad sexual y el pleno desarrollo psicosexual de las mujeres y la impartición de una justicia pronta y expedita”.

Las denuncias

El protocolo obliga al funcionario a “observar en todo momento el principio de la inmediatez y exhaustividad en la búsqueda, investigación y localización de personas

desaparecidas o extraviadas” y que “cualquier interesado podrá radicar una denuncia por desaparición o extravío de personas tanto en sede policial como en una Oficina Única del Ministerio Público Fiscal”.

Los denunciantes tendrán que tener en cuenta que deberán brindar en la denuncia los siguientes datos: nombre, sexo, edad, domicilio, ocupación, datos filiatorios, señas particulares (contextura física, apodo, tatuajes, piercing o perforaciones, modificaciones corporales, cicatrices, si padece alguna discapacidad y cualquier otro rasgo distintivo), fecha y hora aproximada de la desaparición o extravío, descripción de su vestimenta del día de la desaparición o extravío, descripción de los objetos que portaba el día de su, desaparición o extravío (bolsos, mochila, cartera, libros, computadoras, reproductor de audio, etc.), lugar de trabajo y dirección y si es estudiante, lugar y dirección del establecimiento educativo.

Finalmente y siempre para facilitar la búsqueda las autoridades deben conocer entre otras cosas cuando se lo vio por última vez,  los ámbitos donde desarrollaba toda su actividad tanto social, laboral, familiar o sentimental y si hubiere algún motivo para que se haya ausentado.

La Procuración hace llegar este tipo de información respecto al protocolo cuyo texto completo podrá encontrarse en su página oficial (www.mpfchubut.gov.ar).

-Producido para el Area Comunicación Institucional Ministerio Público Fiscal del Chubut, Oficina Rawson. Cel. 154303343

 

Alejandro Darío Soulages

Responsable de la Oficina de Comunicación Institucional

Rivadavia 532 - Rawson - Chubut

T: 0280- 448 6203/6205

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