Desde el Ministerio Público Fiscal, se informa como actuar y cuáles son los interrogantes que surgen a partir de un delito, siendo un ciudadano testigo de un presunto hecho delictivo. Se considera testigo a la persona que ha visto, ha escuchado, conocido y le consta algún hecho o circunstancia relevante para la dilucidación de un hecho delictivo.
La participación ciudadana en cuanto a los testigos de hechos delictivos, resultan fundamentales para poder darle lucha constante a todas aquellas cuestiones que están fuera de la ley. Y que en muchos casos representan una agresión a las personas.
Los testigos podrán ser convocados por el Fiscal a cargo de la investigación de un caso, mediante una citación para concurrir a las dependencias judiciales y relatar cuanto conoce acerca del hecho. Si es citado a prestar declaración en un juicio, deberá comparecer el día y en el lugar para el que se lo convoque y responder las preguntas que se le formulen.
Cabe recordar que el Servicio de Asistencia a las Víctimas de un Delito (SAVD) ha desarrollado un programa de contención metodológica para testigos mediante el cual se brinda asesoramiento en relación con estas circunstancias. Ofrece además acompañamiento, contención y asesoramiento psicológico y legal. Y es gratuito.
La persona que considere haber sido testigo de un delito, podrá acercarse a cualquiera de las oficinas del Ministerio Público Fiscal y realizar los aportes o manifestaciones que consideren convenientes. Sus dichos, sumados a los de las víctimas, son piezas fundamentales en el proceso penal y son imprescindible para alcanzar un resultado justo.
-Producido por el Área Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut, Oficina Rawson.