La denuncia la realizó el juez que tramita el concurso de la pesquera Ian Fish por presunta “desobediencia” ante la falta de pago a trabajadores despedidos. Los fiscales pidieron investigar pero la jueza Stella Eizmendi lo rechazó argumentando que la notificación no habría sido correcta. La Fiscalía apeló la resolución y el viernes será revisada por dos jueces.
PUERTO MADRYN. La jueza penal Stella Eizmendi rechazó el pedido de apertura de la investigación realizado por el Ministerio Público Fiscal al empresario Christian Córdoba Canosa. La causa es por presunta "reticencia reiterada" a hacer frente a pagos ordenados por el juez del concurso preventivo, Luis Mures.
El argumento para rechazar la apertura de investigación es que la orden del Juez a cargo del Concurso no fue dirigida a Córdoba Canosa (Presidente de la pesquera) sino al Gerente, aunque la resolución judicial fue apelada por la Fiscal Silvana Salazar.
La empresa Ian Fish SA está concursada y debe hacer frente a pagos laborales por una suma de 220 mil pesos. Pese a que fue notificado en reiteradas oportunidades, según constancias documentales que remitió el juez de la causa, el empresario, desobedeciendo la orden judicial, ignoró la misma, según afirmó la fiscal Salazar en su pedido de apertura de investigación.
La jueza Stella Eizmendi rechazó investigar argumentando que la cédula de notificación no fue la correcta y dijo: “advierto que la providencia dictada por el Señor Juez de Ejecución Civil Dr. Luis Horacio Mures” intima “al Gerente de la concursada y/o a quién haga sus veces, requiriéndole que dé íntegro cumplimiento con lo allí dispuesto – que deposite la suma de $ 223.237,82.- a los fines de hacer frente a los pronto pago – y lo acredite en el plazo de 48 hs., todo bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia, arto 239 del Código Penal"
Sus argumentos fueron que “a mi entender no es posible el endilgamiento a la persona de Córdoba Canosa, a quien si bien se identifica como Presidente de la S.A., toda vez que como dijera, no cuento con una identificación precisa de la persona obligada, el Gerente, si éste reúne las veces de tal, o no, cuestión ésta que claro es, debe ser evacuada debidamente a fin de pasar a un segundo paso en el análisis”.
La fiscal Silvana Salazar impugnó la decisión de la jueza y será revisada el día viernes por los jueces Patricia Asaro y Marcelo Orlando.
Resolución completa: ResolucionEizmendi.pdf