Madryn: Piden investigar a médico por “abandono de persona seguido de muerte”
Es por la muerte de una persona por la cual llamaron varias veces al hospital hasta que finalmente fue la ambulancia. Se deberá realizar la audiencia de apertura de investigación.
El Ministerio Publico Fiscal pidió que se formalice la audiencia de apertura de investigación para imputar a un médico del Hospital Andrés Isola por “abandono de persona”.
El hecho que se investiga ocurrió el pasado 26 de Mayo, cuando Oscar Vargas (64) falleció tras haber realizado varios llamados al 107 de emergencia del hospital Andrés Isola.
El primer llamado se efectuó minutos antes de las 23 y lo hizo personal policial de la Comisaria Tercera, informando que en un domicilio sito en García Sainz al 1500 se encontraba una persona con abdomen hinchado, refiriendo gran dolor generalizado, descompensado y con falta el aire.
La operadora del hospital atendió y dio aviso a la guardia y al chofer. En guardia atendió el enfermero, quien le dio intervención al médico de turno, y este consideró que la situación no era una emergencia por lo cual no salió en la ambulancia.
Los llamados efectuados por personal policial pidiendo intervención médica se reiteraron a las 23.10, 23.25 y 23.30 horas, hasta que finalmente el médico de guardia decide acudir a lugar. Al llegar al domicilio, se informa que el paciente era "código rojo" y regresan al hospital a las 23.50 horas.
La víctima tenía un paro cardiorespiratorio y falleció media hora más tarde en el Hospital.
Qué dice la Ley
La fiscalía solicitó que se realice la audiencia de apertura formal de la causa, donde el profesional médico será notificado por el hecho y calificación legal por el cual será investigado. En base a la investigación, se deberá decidir si se pide elevar el caso va a juicio oral y público.
El “abandono de persona” está previsto y reprimido por el artículo 106 del Código Penal para “el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado". La ley prevé una pena de 5 a 15 años de prisión si ocurre la muerte de una persona.