Puerto Madryn

Puerto Madryn

MUERTE DE LAS HERMANAS SOSA

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 

Mario Esteller continuará  bajo arresto domiciliario

El  conductor de la Chevy que atropelló y mató a las hermanas Mónica y Verónica Sosa continuará con arresto domiciliario hasta la audiencia preliminar que se realizaría antes de la feria judicial. La Fiscalía presentó la acusación y mantuvo la calificación como “Homicidio con dolo eventual”.

Mario Esteller, quien el pasado 21 de agosto atropelló y mató a las hermanas Mónica y Verónica Sosa mientras conducía una Chevy de su propiedad, continuará con arresto domiciliario hasta la audiencia preliminar. Así lo dispuso el juez de garantías Rodolfo Blanco en la audiencia de revisión de la medida coercitiva celebrada hoy en tribunales. Asimismo, en horas de la mañana el Ministerio Público Fiscal presentó la acusación contra el imputado en la cual mantuvo la calificación del hecho como “Homicidio simple cometido con dolo eventual”. Tanto la Fiscalía como la querella –abogado que representa a los familiares de la víctima- solicitaron la prórroga del arresto domiciliario de Mario Raúl Esteller. Por su parte, los abogados defensores requirieron su inmediata libertad. En su resolución, el juez dispuso al imputado la prohibición absoluta de acercamiento a los testigos y solicitó que la audiencia preliminar se fije antes del inicio de la feria judicial. PELIGRO DE FUGA Y ENTORPECIMIENTO La fiscal Marcela Pérez señaló en su alocución que aún subsisten los peligros procesales. Al momento de merituar el peligro de fuga sostuvo que ante la pena en expectativa –el delito que se le imputa tiene una pena mínima de ocho años- y las características del hecho, Esteller podría tratar de evadirse de la acción de la Justicia. Se refirió también a la importancia del daño resarcible en relación a un intento de fuga, puesto que de concretarse una demanda en la Justicia Civil el imputado debería hacerse cargo con su patrimonio de la indemnización por la muerte de las dos jóvenes. Ello porque al momento de la tragedia el seguro de su automóvil estaba impago. La fiscal Pérez alegó que el peligro de entorpecimiento se mantiene vigente porque hasta el momento se cuenta con entrevistas no juramentadas que podrían ser alteradas por la acción del imputado antes del juicio. Por esa razón solicitó que se prohíba a Esteller cualquier tipo de contacto con los testigos. Por su parte la querella adhirió a lo dicho por el Ministerio Público Fiscal y solicitó que se valore en forma negativa la desaprensión del imputado, al señalar que no existió un pedido de disculpas de Esteller hacia los padres de las hermanas Sosa. Este argumento fue desestimado por el juez que expresó que: “no se puede premiar a quien declara y penar a quien no declara”. Los abogados defensores requirieron la libertad inmediata de Esteller al remitirse a la resolución emitida por el juez Gustavo Castro en la audiencia perpetrada el pasado 3 de noviembre, donde se dispuso acotar el plazo de investigación y la finalización de la medida coercitiva una vez presentada la acusación. Pero el magistrado Rodolfo Blanco divergió con dicho requerimiento al aseverar que los argumentos de la defensa van contra la revisión de la medida. Destacó igualmente que su independencia al momento de resolver no está ligada a lo que haya dispuesto anteriormente otro juez . ACUSACIÓN La Fiscal General Marcela Pérez presentó esta mañana la acusación contra Mario Raúl Esteller, en la que destacó que al momento de embestir con su Chevy a la moto de las hermanas Sosa circulaba a una velocidad mínima estimada de entre 59,8 y 75,7 km/h,  es decir muy superior a la permitida. En el relato del hecho manifestó que por un trayecto cercano a los 48 metros la Chevy arrastró a una de las jóvenes sin que Esteller intentara maniobra alguna de evitación ni frenara el rodado, el cual sólo se detuvo por el rozamiento de la propia víctima y la moto contra la calzada. Destacó en el escrito que el estado general del sistema de frenos y tren delantero del Chevrolet hacían del mismo un rodado en condiciones deficientes de uso. Puesto que en las diferentes pericias realizadas los expertos concluyeron que carecía de las mínimas condiciones de seguridad requeridas para circular. Esto porque el servofreno no estaba anulado, el pedal de acelerador se encontraba modificado y sustituido por un trozo de caño cuadrado de unos 30 cm de longitud que al presionarlo se desplazaba hacia la izquierda. Es decir que la eficiencia general del sistema de frenos era del 50 por ciento.

Nuestras Visitas

  Hoy 10781

  Ayer 9538

  Esta semana 46854

  Este mes 251235

  Total histórico 22028984

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.