Juicio abreviado por amenazas agravadas y privación ilegal de la libertad
Por pedido de los representantes de la Fiscalía y el Ministerio de la Defensa Publica, el Juez Alejandro Rosales homologo la aplicación del procedimiento de juico abreviado contra Edgardo Javier Waters(48), acusado como co autor de los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma, en concurso real con privación Ilegal de la libertad agravada por haber sido realizada con violencia, portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización y amenazas coactivas.
En este marco, el magistrado emitió su fallo condenado a Waters a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y el cumplimiento de reglas de conducta.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de solicitud de juicio abreviado. El trámite judicial fue presidido por el magistrado Alejandro Rosales. El Ministerio Publico Fiscal estuvo representado por la Fiscal general Laura Castagno. El acusado, en tanto, recibió el asesoramiento legal del abogado de la Defensa Publica, Tomas Malerba.
En la oportunidad, Castagno relato los hechos que figuran en la acusación pública, indicando que el primer incidente se registro el 21 de julio del año pasado a las 19:00, en una vivienda ubicada sobre la calle Argentina del barrio "Parque 21 de junio".
Según los investigadores, en ese lugar Waters le coloco un arma de fuego en la cabeza del denunciante logrando atemorizarlo. Asimismo se informo que el procesado no tenia autorización del organismo correspondiente para tener armas de fuego de ningún tipo.
En tanto, el segundo hecho ocurrió 30 minutos después. Esta vez un testigo observo cuando la víctima fue obligado por Waters y otra persona, a subir a un rodado.
En su relato, el denunciante afirmo Waters y otras dos personas lo acusaban por la sustracción de una motocicleta. Estuvieron transitando por distintas calles de la localidad durante casi una hora y no le permitían descender del vehículo.
Finalmente al llegar a la calle General Roca, lo dejaron bajar del automóvil y le manifestaron que tenía un plazo de 24 horas para devolver la moto que habría sustraído.
Luego la representante de la parte acusadora enumero y describió los medios de prueba testimoniales y documentales que constan en el legajo de investigación.
Con respecto a la calificación legal, Castagno explico que Waters fue acusado como autor del delito de amenazas agravadas por el uso de arma, dos hechos (Articulo 149 del Código Penal) en concurso real (Articulo 55 del Código Penal) con privación Ilegal de la libertad agravada por haber sido realizada con violencia (Articulo 142 del Código Penal), en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización (Articulo 189 bis, inciso 2 del Código Penal) en calidad de coautor (Artículos 45 y 141, 2do. Párrafo inciso1°, del Código Penal) y amenazas coactivas.
Así las cosas, indico que la acusadora publica y el abogado defensor han consentido y acordado imprimir al presente trámite el de juicio abreviado, informando que dicho convenio se extiende a la admisión por el imputado del hecho descripto en la acusación, a su participación en ellos y a la aceptación de la vía propuesta.
También acordaron imponer a Edgardo Javier Waters, la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.
En tanto, las reglas de conducta que debe cumplir el procesado son: fijar residencia e informar al tribunal cualquier cambio de la misma; someterse al cuidado del Cuerpo de Delegados de Control una vez cada 4 meses y no acercarse la víctima.
Rosales consulto al acusado si reconocía la existencia de los hechos que se le endilgan, admitía su participación y aceptaba la pena acordada entre la Fiscalía y el Ministerio de la Defensa Publica. Waters manifestó su conformidad respecto del acuerdo y su contenido.
Así las cosas, el magistrado emitió un fallo en el que resolvió homologar el acuerdo de procedimiento de juicio abreviado al que arribaron las partes, condenado aWaters a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor penalmente responsable de los hechos por los que fue llevado a juicio.