La Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al pedido de impugnación presentado la fiscal Rita Barrionuevo en una causa por abuso sexual simple
Por pedido de la fiscal Rita Barrionuevo, el Superior tribunal de Justicia resolvió dejar sin efecto la decisión que había adoptado el juez penal Ariel Quiroga, quien durante una audiencia preliminar de juicio, otorgó el sobreseimiento parcial de dos hechos, en favor de un acusado del delito de abuso sexual simple (Por tratarse un vínculo familiar directo entre el imputado y la víctima, los protocolos de información recomiendan no brindar las identidades completas, a los fines de evitar el proceso de revictimización). En consecuencia, los ministros de la Sala en lo Penal, analizaron el pedido de impugnación extraordinaria presentado por la representante del Ministerio Público Fiscal y ordenaron que la causa prosiga a la instancia judicial.
Durante la audiencia preliminar de juicio realizada el 18 de marzo, los abogados del Ministerio de la Defensa Pública, consideraron que dos hechos presentados por la fiscalía en la acusación pública, no contenían a evidencia suficiente que permitiera avizorar un pronunciamiento de condena al concluir el juicio. Por estas razones, solicitaron el sobreseimiento del imputado en dos puntos de la acusación pública En este marco, el juez penal Ariel Quiroga, resolvió suspender el acto judicial para analizar los pedidos de las partes. Luego, por escrito informó que mediante el análisis del caso podía constatar que existía debilidad probatoria en el caso presentado por el Ministerio Público Fiscal.
En consecuencia, dispuso otorgar el sobreseimiento parcial del acusado y convocar a la continuidad de la audiencia previa al juicio.
Por su parte, la fiscal Barrionuevo, elaboró y presentó un recurso de impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia, en virtud de la decisión judicial adoptada por el magistrado de Sarmiento.
En la resolución de la Sala en lo Penal, los ministros señalaron que es menester recordar que la audiencia preliminar del Código Procesal Penal, es la etapa intermedia y de control de la investigación y las acusaciones, previa al juicio oral, en la que el juez examina tanto la validez formal de la acusación como la satisfacción del estándar de probabilidad y consistencia del caso, todo ello en vistas al juicio oral.
Asimismo, agregaron que el juicio es el ámbito natural de la producción de la prueba, que asegura la contradicción, oralidad y publicidad que le son inherentes.
Así las cosas, resolvieron dejar sin efecto la decisión adoptada por el juez Quiroga, respecto del sobreseimiento parcial, y ordenaron la continuidad de la causa penal a su próxima etapa.