Fue ratificado por la fiscal jefe de Trelew
Moyano sigue al frente de la investigación de la muerte de la niña Zumara Orias
La fiscal jefe de la ciudad de Trelew Silvia Pereira confirmó al fiscal general Fabián Moyano al frente de la investigación por la muerte de la niña Zumara Orias. La decisión la tomó luego de escuchar al propio Moyano y al defensor de los padres de la niña –imputados de homicidio culposo por el hecho- el abogado particular Javier Reuter.
Reuter había pedido ante el juez de garantías Marcelo Nieto De Biase, el apartamiento de Moyano y éste derivó la decisión a la fiscal jefe Pereira. El defensor había cuestionado a Moyano por “incumplimiento de los deberes de funcionario público” por considerar que no había permitido la incorporación de nuevas pruebas sobre el hecho.
Los imputados en la muerte de la niña son sus padres. Se trata de Marcial Orias y Alejandra Valenzuela. Para Moyano pericias científicas permiten demostrar que la niña murió ahogada al caerse a un canal de riego en cercanías de Trelew y que su cuerpo luego fue devorado por perros, hasta ser hallados en las cercanías algunos de sus restos, meses después. Les endilga a los padres el homicidio culposo porque no hicieron nada para evitar el accidente del que fue víctima la niña ya que se hallaban en avanzado estado de ebriedad, recién se percataron de lo ocurrido unos 45 minutos después, hasta finalmente avisar a la policía y los bomberos, una hora y media más tarde de la caída de la niña.
Cabe recordar que la víctima de tan solo un año y medio de edad, desapareció a fines de noviembre del año 2014 y parte de su cuerpo apareció casi dos meses depués en una chacra al sudoeste de esta ciudad. Con el hallazgo se continuaron con las medidas dispuestas por el fiscal para la realización de diversos estudios en diferentes organismos, elementos que se van sumando en la investigación. Entre ellos se destacan las pericias realizadas en un fémur de la menor donde se hallaron restos de plancton iguales a los existentes en el canal de riego, indicativos de que la niña tragó agua del lugar, estando aún con vida.
Para la fiscal Pereira, el trabajo de Moyano es objetivo y no persigue intenciones de “venganza”, tal como había sido planteado por el defensor de los padres de la niña.
La resolución de Pereira
En su resolución la fiscal general Pereira indicó que “ Javier Reuter, en representación de los padres de la niña Z.B.O., realizó planteo de recusación en dicho acto procesal, el que fuera ratificado ante esta Jefatura en audiencia celebrada el día 2 de junio del corriente año, en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 117 del CPP, a la cual compareció el Dr. Reuter y el Dr. Fabian Moyano. Que en dicha oportunidad, el Dr. Reuter alegó en cuanto a dos cuestiones fundamentales: la primera de ellas, una cuestión de fondo, relacionada con una denuncia penal radicada ante la Procuración General de la Provincia del Chubut en fecha 12 de junio del año 2015; la segunda cuestión, concerniente a la presunta falta de objetividad del Fiscal del Caso, ante medidas probatorias que le fueran oportunamente rechazadas, citando: la denegatoria de allanamientos, escuchas telefónicas, peritajes, entre otras, y cuestionando la forma de preservación de las muestras de quien en vida fuera Z.B.O. por parte del Médico Forense. Que los argumentos detallados por el recusante, han quedado debidamente registrados en audio que se acompaña, al cual me he de remitir por cuestiones de brevedad y en el escrito que acompañó el Dr. Reuter en este acto procesal.
Por su parte, el señor Fiscal Dr. Fabian Moyano, alega que las medidas que le han sido denegadas, tienen su fundamento lógico en el código procesal penal del Chubut, y respecto de la denuncia en su contra, refiere no tener conocimiento de la misma, y que en caso de existir, tendría fecha posterior a su intervención como fiscal del Caso, y no anterior, como se establece en el rito Que advierto que dichos planteos, guardan directa relación con la presentación realizada oportunamente ante el entonces Fiscal General Jefe Dr. Arnaldo Maza, decididos mediante Resolución N° 22/15 OUMPFTW. Que respecto de la denuncia a la que se hizo mención en la audiencia, radicada ante la P.G., que diera origen al Caso 61057, “Valenzuela Angélica Alejandra s/Denuncia Trelew”, el peticionante, ha sido notificado en fecha 6 de agosto del año 2015, de la desestimación de la misma, por el entonces Fiscal General Jefe de dicha Circunscripción”.
Agrega que “así las cosas, entiendo que ninguna de las circunstancias alegadas, permite suponer que el Dr. Fabian Moyano, se hubiera apartado del principio de objetividad establecido en el art. 114 del CPP ni de las mandas de la Constitución de la Provincia del Chubut, y que tampoco existen elementos que puedan llevar a concluir que existe un ánimo de “venganza” contra los familiares de la niña, al cual hiciera referencia el Dr. Javier Reuter, motivado en la existencia de una denuncia, toda vez que la misma, ha sido oportunamente desestimada.
Que por todo ello, entiendo que el planteo no puede prosperar, por las causales invocadas”, por el defensor Javier Reuter.
-Producido por el Area Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut, cel. 154303343