Se trata de Jorge Luis Villagra, quien aceptó su responsabilidad en el hecho ocurrido el 21 de julio de 2014, aproximadamente a las 3, habiendo cooperado con los autores de lo sucedido en una inmobiliaria ubicada en Pellegrini y Gales de Trelew, donde previo cortar el sistema de alarmas, un grupo de personas accedió al inmueble para sustraer una caja fuerte color dorada con dinero en efectivo y documentación, posteriormente hallada en Pasaje Córdoba Norte 455, jurisdicción de seccional segunda, en el patio de una vivienda.
Según lo acreditado por la fiscal general Silvia Pereira, la cooperación de Villagra consistió en brindar ayuda a través del vehículo de su propiedad Fiat Fiorino, secuestrada conforme a una infracción cometida por el mencionado, al carecer de licencia de conducir. Resulta que en el lugar donde se cometió el ilícito, fue hallado un trozo de guarda fango, el que peritado, arrojó una total correspondencia con el automóvil en cuestión.
Por otro lado, a través de las cámaras de seguridad, surge que dicho vehículo fue visualizado desde las instalaciones del comando radioeléctrico, pudiéndose constatar que minutos antes del robo se lo observa en la zona del comercio afectado, mientras nueve minutos después es tomado por la cámara ubicada en la esquina de la casa del acusado, ingresando a dicho domicilio, concluyéndose de esta forma que el medio de movilidad utilizado para perpetrar el hecho y posteriormente sustraer la caja fuerte es de su propiedad. De esta forma se pudo certificar que Villagra prestó colaboración en el ilícito con su rodado automotor, demostrando su conducta delictiva encuadrada en el delito de encubrimiento, previsto en el artículo 277 inciso 1 “e” del Código Penal.
Luego de declararse abierta la audiencia por parte de la Jueza Mirta Moreno, las partes manifestaron el acuerdo para imprimirle el carácter de juicio abreviado, en el marco del artículo 355 del código procesal penal, informando sobre la calificación y la pena a imponer por el término de un año de ejecución condicional, además de fijar domicilio y dar aviso de eventuales cambios, la obligación de concurrir a firmar a la oficina de ejecución penal y la prohibición de acercamiento a las víctimas.
El imputado Jorge Luis Villagra expresó que reconocía ser autor del hecho atribuido y contenido en la respectiva acusación, renunciando al juicio oral y consintiendo el acuerdo alcanzado por la fiscalía y su defensor Abdo Manyauik. La doctora Mirta Moreno admitió lo presentado por las partes resolviendo hacer lugar a lo solicitado y dando validez a la condena impuesta.