Al vencer los plazos establecidos en el Código Procesal
En una audiencia de revisión, realizada en horas de la mañana en el tercer piso de los Tribunales de Trelew, el Juez que la presidió, Doctor José Alberto García, dispuso dar término a la medida de coerción que un menor venía manteniendo en el COSE, estableciendo la prisión domiciliaria, para lo cuál se lo responsabilizó a un tío del joven que se ofreció voluntariamente su domicilio para el albergue del imputado. Se trata de quien se encuentra involucrado en el caso del robo con posterior homicidio de Ismael Tamame, ocurrido el 15 de julio de 2008, por el cuál se encontraba detenido desde el 8 de agosto del mismo año. El Ministerio Público Fiscal, a través de la Doctora Susana Vilaseca y la funcionaria Fiscal, Dra. Claudia Ibáñez, manifestó la necesidad de prórroga de las investigaciones, al menos por un término de dos meses, teniendo en cuenta las últimas alernativas que ha tenido el desarrollo de las mismas, a partir que se logró una nueva detención, hace unos días, relacionada con Jonathan Epuyán. Sin desconocer los términos del artículo 408 del Código de Procedimiento Penal de la provincia, que pone plazos a las detenciones de menores, la posibilidad de poder determinar otras pericias y la interacción entre los detenidos, motivan esta solicitud, ante el peligro de fuga y de entorpecimiento que existirían si se dispone la libertad del sospechoso. La querella particular, en la persona del Doctor Eduardo Díaz, coincidió en todo lo expresado por el Ministerio Fiscal, solicitando al Juez tener en cuenta la solicitud de prórroga, para poder arribar a buen término con las pericias que se llevan adelante. El Doctor Javier Reuter, defensor del menor, puso énfasis en el artículo 408, ofreciendo por su parte como medida sustitutiva el arresto domiciliario, para lo cuál se hallaba presente en la Audiencia un tío que podría dar detalles de la vivienda donde se quedaría, si así lo dispusiera e Juez. El asesor de menores, Dr. Pablo Rey, solicitó lisa y llanamente la libertad de la persona detenida, ya que en el Código de Procedimientos de la Provincia, se encuentran enmarcadas las normas internacionales relacionadas con los derechos de la Niñez, indicando que una nueva detención, lejos de justificar acciones tendientes a la investigación, perjudica la situación del defendido, y en ese sentido dijo que la posición del menor no es la misma que cualquier mayor detenido. Reafirmó el pedido de libertad, poniendo énfasis en el vencimiento de los plazos previstos y los elementos colectados que son insuficientes para incriminar a su cliente. Luego, pudo expresarse ante las partes el tío del joven, quien brindó detalles acerca de su domicilio, asumiendo toda la responsabilidad en la contención personal para albergar a quien es uno de los sospechosos de haber actuado en el hecho. El Doctor José García expresó que teniendo en cuenta la prórroga solicitada, las pruebas a realizar y los fundamentos dados a conocer por Fiscalía, acuerda extender el plazo de las investigaciones por el término de un mes, mientras que dispuso el arresto domiciliario, al indicar que no existe el peligro de entorpecimiento, pero sí el riesgo de fuga, ya que dio cuenta de la probabilidad de participación del imputado en el hecho. Por lo tanto, el joven deberá permanecer en el domicilio de su tío sin poder salir bajo ninguna circunstancia por el lapso de un mes, de acuerdo a lo dispuesto, en que se llevaría adelante el Juicio Oral y Público por el robo y posterior homicidio de Ismael Tamame.