Audiencia de control y apertura por tentativa de robo agravado
El mediodía del presente miércoles se llevó a cabo la audiencia de control de detención y apertura de la investigación por un delito contra la propiedad acontecido el pasado 6 de mayo que tiene como coimputados a Leandro Guichapani, Walter Cerroría y Franco Lincopil. La representante de fiscalía requirió se declare legal la detención de los tres imputados, se les formalice el hecho en base a la calificación legal provisoria de “robo agravado en grado de tentativa” y se dicte su prisión preventiva. Por su parte la defensora no cuestionó la legalidad de la detención, pero si la calificación legal y se opuso al dictado de la preventiva, solicitando la libertad de sus asistidos.
La procuradora de fiscalía, en un primer momento, pidió se autorice la apertura de la investigación por el ilícito acontecido el pasado 6 de mayo, cuando siendo aproximadamente las 11.15 hs., Leandro Guichapani, Walter Cerroría y Franco Lincopil se hicieron presentes a bordo de un vehículo Citroën, modelo C3, en proximidades del comercio “Maxiconsumo”, estacionando en doble fila al lado de una camioneta Toyota Hilux. Dos de ellos, Guichapani y Cerroría, se bajan del vehículo y previo cortar la cadena con una tijera de corte, sustraen la rueda de auxilio de la Toyota para colocarla en el baúl del rodado en el que se desplazaban. Dos testigos dan aviso de lo sucedido a personal policial quienes arriban al lugar y finalmente detienen a los tres imputados. Calificando provisoriamente el hecho como “robo agravado por ser cometido en poblado y en banda en grado de tentativa” en calidad de “coautores” para Guichapani, Cerroría y Lincopil. Solicitando la representante de fiscalía que se autorice la apertura de investigación, por el plazo de Ley y se declare legal la detención de los imputados al haber sido en flagrancia.
A continuación, la acusadora solicitó se dicte la prisión preventiva de los 3 imputados en virtud de la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables coautores del hecho, los antecedentes penales que poseen, en caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo. Argumentando que se debe evaluar la existencia de condenas anteriores, por lo que se presume el peligro de fuga. Requiriendo el plazo de dos meses de prisión preventiva.
Por su parte la defensora no planteó objeción a la legalidad de la detención ya que la misma fue en flagrancia. Sí en cuanto al hecho y la calificación jurídica, planteando “un reparo del rol que ocupa Lincopil, que puede ser de participación necesaria y no coautor”, es decir que la calificación “puede variar de robo agravado tentado a robo simple en grado de tentativa”. Oponiéndose a la medida de coerción ya que sus asistidos tienen el derecho de transitar en libertad el proceso, prevalece su estado de inocencia y la prisión preventiva es una medida de última ratio. Solicitando por esto la libertad de sus asistidos.
Por último, el juez penal resolvió declarar legal la detención de los 3 imputados ya que la misma fue en flagrancia, autorizó la apertura de la investigación preparatoria del caso, por el hecho y la calificación legal provisoria de robo agravado en poblado y en banda, en grado de tentativa, dando por anoticiados a los mismos y por asegurada su defensa técnica. En cuanto a la medida de coerción, entendió que, si bien se verifica el peligro de fuga por la pena en espera como resultado del procedimiento y las características del hecho, pero no para dictar la prisión preventiva. Dictando la libertad con presentaciones semanales ante la Oficina Judicial.
Presidió la audiencia Martín Cosmaro, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Gabriela Gómez, procuradora de fiscalía, acompañada por Azul Romero, abogada de fiscalía; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública.