Comodoro Rivadavia

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Rechazan el pedido de prisión preventiva de la parte acusadora

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Audiencia de control de detención por desobediencia judicial  Se realizó en sede de los Tribunales penales de nuestra ciudad la audiencia de control de detención por el hecho ocurrido el pasado domingo 29 del corriente, cuando el imputado es detenido por personal policial, desobedeciendo una orden judicial de prisión domiciliaria en la investigación del homicidio de Brian Henríquez. Como conclusión del acto se estableció que el imputado continúe en libertad, con permanencia en su domicilio, al entender la Juez Penal que no resultaba competente para resolver al situación del imputado, Carlos Olivares. Presidió el acto la Dra. Mariel Suárez, Juez Penal, la Dra. Camila Banfi, Funcionaria de Fiscalía, por la parte acusadora y el imputado fe asistido por la Dra. Viviana Barillari, Defensora Pública. [youtube]http://www.youtube.com/watch?v=qLkVaYr8oCM[/youtube] El hecho que se le imputa a Olivares es que el pasado domingo 29 del corriente fue interceptado por personal policial, perteneciente a la Seccional 7°, en calle 12 de octubre y Los Duraznos, caminando. El personal policial informa que el imputado se encuentra bajo el régimen de arresto domiciliario, otorgado por la Dra. Margarita Pfister en el legajo de investigación del homicidio e Brian Henríquez. “Ha quedado de manifiesto que con su conducta ilegal desobedeció dicha orden” argumentó la Dra. Banfi. Calificando el hecho provisoriamente como “desobediencia judicial” y solicitando que se le revoque la medida de prisión domiciliaria por prisión preventiva en el presente legajo, hasta la audiencia preliminar del legajo del homicidio de Brian Henríquez; fundando su solicitud en la rebeldía en otros procesos que posee el imputado. El imputado accedió a declarar en su descargo argumentando amenazas de parte de la familia de la víctima, y que acompañó a un familiar a comprar pan. Solicitando se lo disculpe que “no lo volvería a hacer más”. La defensora argumentó entender lo manifestado por la Juez y por la representante del Ministerio Público Fiscal, pero le parece inoportuna esta medida solicitada, la más gravosa, que podría estar fundada en “la voluntad del imputado de sustraerse al proceso”. No se presume que se den alguno de estos peligros procesales, solicitando “se mantenga el arresto domiciliario” de su defendido. “Él solamente temió por la seguridad de su pareja, más allá del fin de sustraerse a presentarse a las audiencias”. Finalmente la Juez Penal resolvió mantener el arresto domiciliario del imputado con permanencia en su domicilio, o prisión domiciliaria, ya que a su entender “no resultaba competente”, dado que no es el Juez natural de la causa,  y no puede resolver en otro legajo que no fuera por el cual se celebró la audiencia de control, el de desobediencia judicial. En el legajo de desobediencia judicial no resulta suficiente la argumentación para otorgar la prisión preventiva, ni se solicitó la revisión de la medida de coerción en el legajo del homicidio. En conclusión se rechazó el pedido de prisión preventiva solicitado por la Funcionaria de Fiscalía. Desde la Fiscalía se envió al Juez Natural de la causa la solicitud de revocar la medida sustitutiva, de prisión domiciliaria, de Olivares en el legajo del homicidio. 

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