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Violencia de género: Fin del debate, se escucharon los alegatos

P1050391Es uno de los juicios iniciados el martes. Aquel en que la víctima quiso levantar la denuncia. La Fiscalía sostiene que se trata de un claro caso de violencia de género que se encuentra en su fase de conciliación. La Defensa plantea que las lesiones no fueron acreditadas y tampoco se acreditó el agravante de género. El viernes 23 se conocerá la sentencia.

Fernando Rivarola inició el alegato haciendo referencia al marco teórico de la violencia de género, adelantando que en esa introducción estaría refiriéndose a lo que se evidenció en el caso puntual a lo largo del debate. Planteó que la normativa de protección integral de la mujer exige de los operadores judiciales un compromiso especial en relación a los hechos identificados como violencia de género. "Este compromiso especial es el que ha guiado el accionar del Ministerio Público Fiscal, aun en contra de la evidente voluntad expresada en este juicio de la propia víctima. El trato especial se fundamenta en la complejidad propia de esta materia, que exige de los operadores que conozcamos esa complejidad porque si no la conocemos, mal podemos actuar sobre ella", explicó.

Es compleja por el condicionante cultural, por la naturalización de cierto tipo de violencia de tipo familiar o de género y por el círculo de la violencia que lleva a las víctimas a volver a creer en el victimario, a volver a creer en la relación, generándose la fase conocida como luna de miel luego de haber pasado cada uno de los episodios de violencia, los que generalmente son crónicos y circulares.

Rivarola planteó al juez que este tipo de casos no tienen una exigencia probatoria menor, sino que implican conocer el fenómeno, conocer el mecanismo de la violencia, evaluar la prueba producida a la luz de este conocimiento,  no descontextualizarla, no tratarla como un caso más. Luego señaló que entre los mecanismos legales para proteger a la mujer víctima de violencia, está la aplicación de pena y la sanción de los hechos probados.

Luego de analizar la prueba producida en el debate, el acusador pidió que se declare penalmente responsable al acusado por el hecho encuadrado en lesiones leves agravadas por el vinculo y por haber sido realizada la acción mediando violencia de género y se lo condene a la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Carolina García, a cargo de la Defensa del acusado entendió que no se probaron los hechos. Se basó en que la declaración de la víctima no fue coincidente con lo que relató al momento de la denuncia y que ahora, ya en el juicio, explicó que el hecho no tuvo la dimensión que le dio en aquel momento. También se ocupó García de poner en duda la capacidad probatoria del certificado médico de lesiones, a partir de sus falencias y de los testimonios vertidos a su respecto.

Otro de los ejes de la defensa fue rechazar el agravante de género. La letrada se refirió a un informe del Equipo Técnico Interdisciplinario, dependiente del fuero de familia, que constató situaciones anteriores en la pareja, pero que concluyó que no se trataba de una relación violenta. La defensora pidió la absolución del imputado.

El próximo viernes 23, el juez José Colabelli dará a conocer su decisión.

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