Procuración General

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Soluciones alternativas para agilizar las acciones penales

Los casos que no avanzan hacia el juicio oral

Soluciones alternativas para agilizar las acciones penales

Durante el año 2012 en toda la provincia del Chubut, 2.325 casos penales situaciones de de conflicto fueron atendidas por las oficinas de Solución Alternativa de Conflictos, dependientes del Ministerio Público Fiscal.

En general se trataron de hurtos o robos que luego de ocurrido el hecho y hallados los presuntos culpables, tantos las víctimas como los sindicados arribaron en muchos casos a acuerdos mediante las figuras de la  conciliación o la reparación.

La aplicación de soluciones alternativas está incluida en lo que se denomina “justicia restaurativa”, como una forma mas evolucionada de ver el proceso penal en relación a la tradicional justicia punitiva. En la conciliación,  el ofendido y el ofensor se someten de manera voluntaria en procura de una solución del conflicto y del restablecimiento de las relaciones humanas. En este proceso tiene relevancia el interés de la victima. En contraposición, en el “sistema de justicia punitivo”, una vez  ocurrido el conflicto, el Estado se apropia del mismo, en busca de la aplicación de una pena, que muy probablemente poco tenga que ver con el interés real de la victima. Además es muy probable que profundice aún más el  conflicto.

Se busca como efecto secundario pero no menos deseable, la aplicación de soluciones alternativas para casos con proyección penal prematuramente, permitiendo que el sistema atienda como mayor cantidad de recuersos el esclarecimiento de delitos graves.

Entre las disculpas y la devolución del dinero

Por ejemplo aquella persona que hubiere sufrido lesiones a raíz de una agresión, seguramente estará mucho mas interesado en recibir un pedido de disculpas y la promesa de que eso no va a volver a pasar,  que en participar de un proceso penal tradicional, con declaraciones e imputaciones, que en el mejor de los casos termine en una condena en suspenso para el agresor, y la incertidumbre de la víctima respecto de que va a pasar cuando se encuentre nuevamente con aquel.

La “conciliación” engloba desde un pedido de disculpas a un compromiso de no agresión, procurando la paz social, siempre buscando satisfacer el interés de la victima.

Por su parte la “reparación” implica reparar el daño que pueda haberse generado, que van desde un daño material, devolución del dinero robado, hasta hacerse cargo de los gastos médicos que tuvo la victima como producto de una lesión. En el caso de delitos contra bienes del Estado, se propone reparar mediante la compra de elementos que necesite alguna institución pública del lugar, como puede ser necesidades de un hospital, comisaría o una escuela.

En Chubut

En la provincia del Chubut, a partir del año 2009, se ha incorporado a la estructura de la Procuración General, la figura de Coordinador de la Oficina de Soluciones Alternativas de conflicto, con la finalidad de unificar criterios de actuación en todas las circunscripciones, y delinear el  funcionamiento del instituto. Durante este periodo se ha implementado una serie de medidas a fin de fortalecer y profundizar el uso de esta herramienta, incorporada a nuestro proceso penal a partir de la sanción del nuevo Código. El equipo está integrado por un Coordinador provincial e integrantes de las Oficinas de Atención en cada una de las jurisdicciones.

La solución alternativa al conflicto penal es una respuesta de mejor calidad, superadora de la respuesta tradicional. Permite que las partes víctima y victimario, ofendido y ofensor, puedan continuar desenvolviéndose en la sociedad de una manera armónica, sin sentimientos de frustración, venganza, o estigmatizaciones para unos u otros.

Permanentes acciones de capacitación

Desde el Ministerio Público Fiscal del Chubut, son permanentes las acciones de capacitación para la ejecución de estos mecanismos. No solo son los operadores judiciales los encargados de ponerlo en marcha, sino también los policías que están en contacto directo con los conflictos sociales de menor envergadura y contemplados en esta modalidad, como así también los dirigentes vecinales.

Por ejemplo en Comodoro Rivadavia se han realizado experiencias consideradas muy positivas, aunque el camino por desandar aún resulte arduo. La capacitación realizada para personal policial de la seccional séptima bajo cuya jurisdicción se encuentran algunos de los barrios con mayor conflictividad social, fue considerada como muy positiva.

Allí el primer conocimiento de los conflictos vecinales, es en las comisarías. Desde allí los casos son derivados a la Policía Comunitaria. Es en esta instancia donde se arma el mapa de los conflictos. Esto significa saber qué fue lo que sucedió en cada caso, cuáles son las causas, los intereses en juego y las medidas que traerían solución al problema. Se destacó que con el solo hecho que la policía atienda los casos y se preocupe por sus protagonistas, el vecindario comienza a sentirse contenido. Y a partir de allí es más fácil buscar soluciones. Las autoridades policiales del lugar manifestaron que en general, con sólo una intervención por parte de la Policía Comunitaria, al 50% de los casos se les da soluciones y los vecinos no vuelven más a las comisarías.

La segunda intervención práctica es la aplicación de las técnicas de solución alternativas de conflicto.

Respecto del origen de los conflictos vecinales, muchos de ellos comienzan por cuestiones fortuitas, que se agravan y en algunos casos se han transformado en homicidios. El objetivos es que mediante la acción de la  Policía Comunitaria y la puesta en marcha de las soluciones alternativas de conflicto, se corte la cadena de conflictividad evitando así que se llegue a  situaciones graves extremas.

Ventajas

-Descongestiona el sistema judicial.

-Permite mayores recursos económicos y humanos para casos más complejos.

-Acorta los plazos judiciales.

-Permite la reparación de la víctima.

Tres casos concretos

- El incidente ocurrió en Comodoro Rivadavia. Un hombre joven  aficionado a varios deportes y caracterizado por su allegados como una persona racional y tranquila, adquirió en una casa de repuestos un caño de escape para su motocicleta. A poco de ponerlo en funcionamiento, se produjo en el caño de escape una importante rajadura. Regresó al comercio a realizar el reclamo. De buena manera y modales pidió al comerciante que se lo cambie o en tal caso le devuelva el dinero. El comerciante respondió que ninguna de las dos modalidades era posible y que regrese días después por si se producía alguna posibilidad que deje conforme a las partes. El nuevo encuentro se produjo. Pero sin buenas noticias para el comprador del repuesto. La insistencia llevó de inmediata a una discusión acalorada con el comerciante. El repuestero llevó la peor parte: sufrió un fuerte golpe en la cabeza con el caño de escapa dañada. El corte en el cuero cabelludo y el traumatismo que le produjo fue considerado una lesión grave por el médico policial que lo revisó. Ya en la instancia judicial y ante la intervención de la oficina de soluciones alternativas de conflicto, el comerciante solo quería una explicación sobre el porqué de semejante agresión. Arrepentido el joven comprador, no sólo le pidió disculpas, sino que además llorando, lo estrechó en un fuerte abrazo. Este final del incidente, fue recordado por uno de los operadores del sistema como uno de los más destacados casos de conciliación que le tocó atender.

-La reparación es otra de las posibilidades. Entre ellas la económica. Esa fue la figura acordada entre el propietario de una empresa constructora y el marido de una de sus empleadas administrativas que había creada una cuenta de manera subrepticia para derivas sistemáticamente pequeños montos de dinero que al cabo de varios meses, conformaron una importante cifra de dinero producto total del robo. La empleada desleal era adicta al juego y concurría diariamente al casino. Avergonzado por lo ocurrido, su esposo ofreció  y devolver el dinero. La empresa determinó el monto sustraído y el hombre aún está devolviendo el dinero mediante el aporte mensual de 24 cuotas, fijadas además en dólares.

-Otro ejemplo de la figura de la reparación, acordada en este caso entre una mujer y su empleada doméstica a la que luego de muchos años de trabajo tuvo que despedir. El robo de joyas fue la falta en cuestión. Cada cierto periodo de tiempo la dueña de casa comprobaba el faltante de alguna joya, hasta que descubrió que la autora era su empleada domestica a la que le había confiado todo. La empleada doméstica reconoció el hecho y sin que la empleadora exhibiera comprobante alguno, aceptó pagarle los 15.000 pesos fijados unilateralmente por la víctima del robo. Se los pagó al contado, tras gestionar un crédito bancario. De esta manera quedó extinguida la acción penal por el delito de hurto. 

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