Puerto Madryn

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Causa Concejo Deliberante: Después de la feria se sabrá si Lázaro y Rotondo van a juicio

El juez Gustavo Castro resolverá después de la feria judicial si eleva a juicio la causa que involucra a Ricardo Lázaro y Marta Rotondo por una presunta malversación de fondos ocurridos en el órgano legislativo local. El abogado del municipio, Tomás Rizzotti, se presentó como víctima en calidad de representante de la administración pública. Lázaro y Rotondo decidieron no declarar en esta etapa procesal. 

La mañana del jueves, en los Tribunales locales, se realizó la audiencia preliminar en la causa que investiga el presunto manejo irregular de fondos en el Concejo Deliberante. La fiscalía pidió la elevación a juicio de Lázaro por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, ya que no habría ejercido el debido contralor sobre la administración del Concejo ni velado por el cumplimiento de la reglamentación vigente. Por su parte, a Rotondo, ex secretaria administrativa del cuerpo legislativo, se la acusa de “peculado”, ya que desde 2008 al 2010 habría adulterado diversas facturas a proveedores, ocasionando un perjuicio en contra del Concejo Deliberante.

Durante la audiencia, el abogado defensor de Ricardo Lázaro solicitó al juez Gustavo Castro que absuelva a su patrocinado o que modifique la calificación legal. Fabián Gabalachis pidió el sobreseimiento de su cliente sosteniendo que “no existe delito” en las conductas que se le enrostran a Lázaro. Pero si no se hace lugar a dicha solicitud, pidió que se modifique la calificación a “peculado culposo”, lo cual generó una discusión legal con la fiscalía ya que en caso de que se haga lugar a esa calificación, prevé una pena de multa. Por su parte, Carlos del Mármol, abogado particular de Marta Rotondo, no se opuso a la calificación legal ni a las pruebas ofrecidas por la fiscalía.

Luego de escuchar los planteos, el juez Gustavo Castro se tomó los 3 días hábiles previstos por la ley y su resolución se conocerá el martes 24 de junio, después de la feria judicial. Deberá decidir sobre la calificación legal y si el caso se eleva o no a juicio oral y público.

Discusión por la calificación legal

La calificación por la cual debería ser juzgado Ricardo Lázaro generó una discusión entre la fiscalía y la defensa, basada en la pena que prevé cada delito. Uno es prisión e inhabilitación y el otro multa.

Para la fiscalía, Lázaro debe ser juzgado por el artículo 248 del Código Penal, que dice que “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo”, el funcionario público que “no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”. En cambio, para la defensa de Lázaro, si no se lo absuelve, debe ser juzgado por el artículo 262 del Código Penal. Dicho artículo dice que “será reprimido con multa del 20 al 60 por ciento del valor substraído”, el funcionario público que, “por imprudencia o negligencia o por inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo, diere ocasión a que se efectuare por otra persona la substracción de caudales o efectos”.

 

Ficha:

Audiencia: Preliminar al juicio

Juez Gustavo Castro. Su resolución sobre si eleva o no la causa a juicio oral y público se conocerá el día martes 24 de julio.

Fiscal Daniel Báez / Tomás Rizzotti (victima en representación de la administración local)

Imputado: Ricardo Lázaro / Delito: Incumplimiento de los deberes de funcionario público. Artículo 248 del Código Penal

Defensor: Fabián Gabalachis. Pide que se lo absuelva o se lo juzgue por “peculado culposo”. Artículo 262 del Código Penal.

Imputado: Marta Rotondo / Delito: Peculado. Artículo 261 del Código Penal

Defensor: Carlos Del Mármol. No presentó objeciones.

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