Puerto Madryn

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Probation para Segundo y Otero por la venta de Alpesca

Segundo y Otero recibieron “probation” por la venta de Alpesca

Omar Segundo y Federico Otero pidieron la “suspensión de juicio a prueba” y ofrecieron dinero a instituciones de bien público. “Carecen de antecedentes penales y en caso de haber condena sería condicional” dijo el defensor. La jueza indicó que se daban los requisitos para otorgar la medida. Donarán dinero y pack de leche a instituciones benéficas.

Puerto Madryn. Omar Segundo y Federico Otero recibieron la “probation” en la causa por la “venta simulada” de la ex pesquera Alpesca. “Carecen de antecedentes penales y en caso de recaer condena sería de ejecución condicional” sostuvieron los defensores, quienes ofrecieron una reparación económica y tareas comunitarias.

Federico Otero y su madre Rosa Chico son patrocinados por el defensor público Gastón Ledesma mientras que Omar Segundo y su hijo Juan Paulo son defendidos por el abogado particular Fabián Gabalachis.

Segundo indicó que donará 20 mil pesos para una institución benéfica y además ofreció 60 litros de leche mensuales durante un año y medio para instituciones de bien público. Mientras que Otero y Chico, por su parte, donarán 10 mil pesos, más 60 litros de leche mensuales y además deberá presentarse mensualmente en Puerto Madryn. La suspensión del juicio a prueba será de un año y seis meses para Segundo y de dos años para Otero.

La jueza Stella Eizmendi indicó que se dan los requisitos para otorgar la medida y adelantó que la homologará, aunque sostuvo que se tomará el plazo legal para notificar la resolución por escrito.

EL CASO

La acusación del Ministerio Público Fiscal era de “estafa”, al considerar que la venta de la pesquera Alpesca entre Segundo y Otero fue simulada. Para los fiscales, Chico y Otero oficiaron de “prestanombres”. La calificación legal del hecho es de “estafa” previsto por el Código Penal con penas de 1 mes a seis años de cárcel.

PROBATION

La “probation” está presvista en el Código Penal y se aplica a delitos donde la pena de prisión efectiva pueda ser en suspenso, lo que permite evitar una condena a cambio de la realización de tareas comunitarias. La medida se otorga cuando el imputado no tiene antecedentes y la pena en expectativa en caso de ser condena no sea de efectivo cumplimiento (en este caso, la estafa parte de un mínimo de 1 mes).

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