AUDIENCIA PRELIMINAR DE JUICIO POR EL HOMICIDIO DE RAMIRO BEROIZA
Por pedido de la Fiscalía, el juez Daniel Pérez declaro procedente la apertura de juicio oral y público, contra James Conrado Wright (20) y Sebastián Pardo (20),imputados como presuntos autores del homicidio de Ramiro "Fideo" Beroiza (20), ocurrido el 10 de septiembre del año pasado, en el barrio 88 viviendas.
En este marco, los investigadores presentaron una acusación alternativa, imputando a los dos jóvenes , por el delito de encubrimiento agravado. En este caso, el magistrado no admitió esa pieza jurídica, por no cumplir con los requisitos de admisibilidad, exigidos por la norma.
Por su parte, el subdirector de la oficina judicial Leandro Russomando, informo que las audiencias de debate se desarrollaran desde el lunes 11 al viernes 15 de agosto inclusive en la sala de audiencias de la oficina judicial de Sarmiento.
Asimismo, indico que el tribunal colegiado de juicio estará integrado por los jueces Roberto Casal (Sarmiento), Ricardo Rolan (Esquel) y Marcela Pérez Bogado (Puerto Madryn).
Con respecto a las medidas privativas de la libertad, el juez resolvió que Pardo y Wrigth, permanezcan con prisión preventiva, hasta que finalice el juicio. Continuaran alojados en la comisaria de Sarmiento.
DOS ACUSACIONES
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial, se desarrollo una audiencia de preliminar de juicio, en el marco de la investigación, por el asesinato de Ramiro Beroiza.
El acto judicial fue presidido por el juez Daniel Pérez. La parte investigadora, estuvo representada por la Fiscal Laura Castagno. Los imputados, en tanto, recibieron el asesoramiento legal del defensor público Miguel Moyano.
En la oportunidad, la Fiscal presento la pieza de acusación pública, indicando que se basaba en los hechos ocurridos el 10 de septiembre del año 2013, entre 04:00 y las 06:00, en el domicilio de Sebastián"Wally" Pardo, cuando se encontraba en su habitación, junto a James Wright y la victima.
Según los investigadores, los imputados le habrían dado muerte a Ramiro Beroiza, utilizando un arma de fuego. Luego trasladaron su cuerpo a un pasaje sin nombre, ubicado a pocos metros de la casa de Pardo. En la manzana comprendida entre las calles Güemes, Mitre, Dorrego y Brown del barrio "Casimiro Slapeliz", conocido como las 88 viviendas.
Asimismo, se sospecha que en ese lugar los imputados colocaron un revolver y una vaina servida, cerca del cuerpo de Beroiza.
La intención era simular un presunto suicidio o el ataque de otra persona. Luego, volvieron a la casa de Pardo, y eliminaron todos los rastros.
En este marco, Castagno sostuvo que la fiscalía presentaría una acusación alternativa, cuya calificación legal es la de encubrimiento agravado, por encubrir un delito especialmente grave.
En este caso, la hipótesis indica que en la habitación de Pardo, se encontraba una cuarta persona, que no pudo ser identificada y seria quien le disparo a Beroiza.
En este contexto, los roles de Pardo y Wrigth, habrían sido los de trasladar el cuerpo de la víctima al baldío y luego borrar los rastros.
Con respecto a las evidencias propuestas para el juicio, la parte acusadora presentara 38 testigos y 45 medios de prueba documentales.
Por último, solicito que se mantenga la medida de prisión preventiva para los dos jóvenes, hasta la realización de la audiencia de debate. Los argumentos para pedir la medida privativa de la libertad, se basaron en el riesgo procesal de peligro de fuga, por la pena en expectativa.
CONTROVERSIAS
Por su parte el defensor público, indico que era inviable la acusación pública alternativa, presentada en los términos que proponía la Fiscalía.
Asimismo, señalo que una acusación judicial debe ser clara y circunstanciada, a los fines de saber de qué hechos están acusados sus representados, y así poder elaborar una estrategia de defensa
En este sentido, explico que la figura de homicidio se contrapone a la de encubrimiento y de esta manera, se estaba vulnerando el derecho de defensa en juicio.
Con respecto a los medios de prueba, la defensa presentara ocho testigos. Finalmente, se opuso a la continuidad de la prisión preventiva y pidió al magistrado que otorgue a los imputados la medida de arresto domiciliario, hasta la audiencia de debate.
En este marco, el juez Pérez considero que la acusación alternativa presentada por el ministerio publico fiscal, no cumplía con los requisitos de una descripción clara y circunstanciada de los hechos investigados, por lo que declaro la inadmisibilidad de esa pieza acusatoria.
En relación a la medida de prisión preventiva, dispuso que los jóvenes continúen detenidos en la comisaría local, hasta que culmine el juicio.
El magistrado considero que se presentaba el riesgo procesal del peligro de fuga, por la pena en expectativa. Los acusadores solicitarán una pena de 11 años de prisión.
Así las cosas, el juez Daniel Pérez declaro procedente la apertura a juicio oral y público contra James Wrigth y Sebastián Pardo como presuntos co autores del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Las audiencias de debate se llevaran a cabo en la oficina judicial de Sarmiento, desde el próximo lunes 11 de agosto al viernes 15 inclusive, a partir de las 08:30 horas.