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Capacitacion a empleados municipales, policiales y de salud sobre violencia familiar

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Capacitan a empleados municipales, policiales y de salud sobre el Protocolo para casos de Violencia Familiar, Intrafamiliar o Domestica

En el Microcine Municipal "Debora Jones de Williams", la Fiscal Andrea Vázquez, desarrollo una exposición, basada en el origen y los alcances del protocolo aplicable a los casos de violencia familiar, intrafamiliar o domestica, aprobado por la Procuración General, en el año 2014.

En la oportunidad, asistieron empleados municipales de la Secretaria de Coordinación del Gabinete Municipal, Área de la Mujer, Servicio de Protección de Derecho, y Secretaria de Desarrollo Humano, Social  y Familia.

También participaron el comisario Félix Levin, oficiales de policía y las agentes del Servicio de Trabajadoras  Comunitarias de Salud en Terreno, del Hospital local.

Asimismo,  disertaron la Licenciada en Psicología, Romina Percivale, la abogada Laura Mansilla y la Licenciada en Trabajo Social, Sandra Romero, integrantes del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D).

En este marco, Vázquez, inicio la actividad, explicando los  conceptos vinculados a la Ley XV -12 de Violencia Familiar y el Protocolo de Actuación, de la Procuración.

Dicho protocolo fue trabajado por el Procurador Adjunto, Emilio Porras Hernández, junto a las Fiscales María Bottini y Andrea Vázquez. El documento, fue aprobado por el pleno del Concejo de Fiscales.

Luego, desarrollo las definiciones de vviolencia familiar o doméstica, indicando que se

trata de  toda conducta, acción u omisión, tipificada por el Código Penal, de un miembro

del grupo familiar contra otro integrante del mismo grupo,  que afecte la dignidad  integridad

física, psíquica, sexual y/o la libertad, independientemente del espacio físico, donde ésta

ocurra.

Se entiende por grupo familiar, el originado en el parentesco, sea por consanguinidad o por afinidad. El matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

En este contexto, también explico los conceptos de  violencia física; ( es la agresión en el

cuerpo producida por: golpes, empujones, puñetazos, jalones de pelo, mordeduras, patadas,

palizas, quemaduras, lesiones por estrangulamiento, lesiones por armas, corto punzantes,

lesiones por arma de fuego y otras agresiones), violencia sexual; (es la afectación en el

ámbito de la sexualidad humana producida por actos como: manoseo, acoso sexual, pedidos

de relación sexual y observaciones lesivas, agresión sexual y/o sexo

forzado),  y violencia psicológica (es el daño producido en la esfera psíquica como:

aislamiento, celos excesivos, agresividad, hostigamiento verbal, degradación verbal y

humillación, control económico y financiero, acosamiento, acecho, amenazas de muerte,

amenazas con armas, amenazas de dañar a personas cercanas, amenazas de quitar a los

niños y otras tácticas de tortura emocional).

En este marco, explico, quienes pueden realizar las denuncias, y que instituciones deben recepcionarlas.

En consecuencia,  señalo que el objetivo de recolectar la mayor cantidad de datos sobre el hecho denunciado, es a los fines de evitar la re victimización.

También, diferencio entre los hechos que están tipificados en el Código Procesal Penal, y aquellas denuncias, que deben ser derivadas, para la intervención del Juzgado de Familia o la Asesoría de Menores.

Luego, manifestó que no todos los casos de violencia familiar constituyen un delito, pero de todos modos deben recibir una respuesta judicial. 

AUMENTO DE DENUNCIAS

Vázquez, informo que durante el año pasado, la Fiscalía trabajo sobre 118 denuncias de violencia familiar. A esta estadística, agrego que en el periodo 2014-2016, solicitaron 88 prohibiciones de contacto.

Con respecto a nuevas medidas para esta problemática, anuncio que  se está gestionando ante el Ministerio de Justicia de la Nación, el envió de pulseras electrónicas, a los fines de establecer controles más eficaces.

Finalmente, destaco el fallo emitido por el Juez Roberto Casal, hace dos semanas, en una causa por los delitos de violación de domicilio, amenazas agravadas y hurto, que el magistrado, enmarco en un contexto de violencia familiar.

Esa sentencia, condeno al imputado a la pena de un año y seis meses de ejecución condicional.

Para la jefa de Fiscales de Sarmiento, estas resoluciones judiciales, demuestran avances importantes, en una sociedad, donde el patriarcado y la cultura machista, tienen profundo arraigo.

LAS VIOLENCIAS CONTRA LAS MUJERES

Por su parte, las profesionales del SAVD,   señalaron que la Evaluación de Riesgo, apunta a

 recabar los antecedentes, que permitan adoptar medidas de protección  para la víctima,

 conocer la situación de vulnerabilidad de la misma, la existencia de factores protectores o

 circunstancias, que pudieran disminuir o atenuar el riesgo existente, y establecer cuáles son

las necesidades más urgentes.

En este sentido, resaltaron, que resulta fundamental apuntar, que el  objetivo de este

instrumento,  es proporcionar al Fiscal, una perspectiva, que sumado a otros elementos, le

 permitan evaluar la pertinencia de administrar, al inicio del caso,  una medida de

 protección de carácter excepcional y provisoria.

También, explicaron las etapas de la violencia, en relación al ciclo o fase, que atraviesan las

victimas.

 En este sentido, detallaron la violencia se establece progresivamente en la pareja. A

menudo sólo con el paso del tiempo, la víctima constata que existe esta escalada.

 La escalada de la violencia, empieza generalmente por agresiones psicológicas. El agresor

reduce la confianza personal de la víctima, al dirigirle mensajes negativos sobre su

autoestima.

Denigra lo que ella es, lo que dice y hace. Más adelante establece la violencia verbal. A

menudo, representa la etapa anterior a la agresión física. No obstante, la escalada de la

violencia, puede llegar hasta el homicidio.

Por último, manifestaron que las víctimas, pueden pasar años de sufrir  violencia

psicológica y verbal, antes de que se produzca la primera agresión física.

Al principio, la reincidencia puede producirse, en función de un intervalo de tiempo más o

menos largo, pero haciéndose cada vez más cortas en el tiempo, también más brutales en

sus diferentes formas.

Como conclusión, las expositoras, sostuvieron que conocer el ciclo de la violencia es esencial,

y permite comprender,  por qué resulta tan difícil,  obtener una implicación de la mujer

maltratada,  fuera del periodo asociado al impacto de la agresión.

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